CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DEVIA & VILLAGRA ASESORIAS JURIDICAS INMOBILIARIAS LIMITADA

CVE 1580843
Fecha instrumento
25 de marzo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de marzo de 2019
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de 10 años, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales

Objeto social

El objeto de la sociedad es desarrollar , directamente o por medio de terceros , individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) servicios jurídicos; b) servicio inmobiliario; c) asesorías legales; d) asesorías inmobiliarias; e) corretaje de propiedades; f) servicio de contabilidad; g) intermediación financiera; h) auxiliar intermediación financiera; i) servicios de capacitación; j) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos mutuos, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; k) la administración, adquisición, enajenación o explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; l) importación y exportación de materiales de construcción; m) la administración de todo tipo de inversiones, y obtener rentas; n) compra y venta de productos de abarrotes; ñ) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y o) cualquier otra actividad relacionadas o no y que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, Amunátegui setenta y tres, certifico: por escritura ante mí de fecha 18 de marzo del 2019, VALESKA MADELEINE DEVIA GÓNGORA, chilena, abogada, divorciada, cédula nacional de identidad número once millones seiscientos setenta cero cuarenta y dos guion cinco; LORENZO ALFREDO VILLAGRA MASSERA, chileno, profesor de estado, divorciado, cédula nacional de identidad número seis millones ciento dieciséis mil novecientos ochenta y nueve guion K y DANIELA ANTONIETA VILLAGRA PÁEZ, chilena, abogada, soltera, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos cuarenta mil novecientos setenta y nueve guion K ; todos con domicilio en Valentín Letelier número mil trescientos setenta y tres, oficina cuatrocientos nueve, torre B, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, conforme Ley tres mil novecientos dieciocho y modificaciones. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD DEVIA & VILLAGRA ASESORIAS JURIDICAS INMOBILIARIAS LIMITADA”, pudiendo usar también, indistintamente, para todos los efectos legales, comerciales, tributarios, financieros, y bancarios el nombre de fantasía “D & V LTDA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad es desarrollar , directamente o por medio de terceros , individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) servicios jurídicos; b) servicio inmobiliario; c) asesorías legales; d) asesorías inmobiliarias; e) corretaje de propiedades; f) servicio de contabilidad; g) intermediación financiera; h) auxiliar intermediación financiera; i) servicios de capacitación; j) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos mutuos, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; k) la administración, adquisición, enajenación o explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; l) importación y exportación de materiales de construcción; m) la administración de todo tipo de inversiones, y obtener rentas; n) compra y venta de productos de abarrotes; ñ) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y o) cualquier otra actividad relacionadas o no y que acuerden los socios. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: El uso de la razón social, la administración y la representación legal de la sociedad corresponderá a todos los socios indistintamente, con las más amplias facultades de administración y disposición. CAPITAL SOCIAL: Es la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS, cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: doña Valeska Madeleine Devia Góngora la suma de quinientos mil pesos correspondiente al treinta y cuatro por ciento del capital común, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales ; don Lorenzo Alfredo Villagra Massera la suma de quinientos mil pesos correspondiente al treinta y tres por ciento del capital común, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales y doña Daniela Antonieta Villagra Páez la suma de quinientos mil pesos correspondiente al treinta y tres por ciento del capital común, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. DISTRIBUCIÓN DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS: Las utilidades de la sociedad se repartirán entre los socios por partes iguales, y en la misma forma serán soportadas las pérdidas por cada uno de los socios. RESPONSABILIDAD: Se limita responsabilidad al monto de sus aportes. DURACION: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de 10 años, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales. DOMICILIO: El domicilio Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Demás estipulaciones consta en escritura extractada. Santiago, 25 marzo 2019.