INVERSIONES MORALEDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2019
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.013.481.523 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifico: Por escritu ra pública hoy, ante mí, IGNACIO GONZALO BRAULIO GAZMURI MUÑOZ e INVERSIONES LA CUMBRE LIMITADA, ambos con domicilio para estos efectos en Av. Presidente Frei Montalva N° 8.710, Quilicura, Santiago, modificaron la sociedad “INVERSIONES MORALEDA LIMITADA” inscrita a fs. 3.130, número 1.991 Registro de Comercio Santiago año 2015. Modificación consiste en el aumento del capital social de la suma de $5.799.673.933 a la suma de $12.013.481.523, esto es, en $6.213.807.590 monto que es íntegramente suscrito por el socio “Inversiones La Cumbre Limitada”, quien lo entera mediante el aporte de cuenta por cobrar que tiene contra la sociedad INVERSIONES PROGRESO LIMITADA. El referido aporte es materializado mediante la cesión de la cuenta por cobrar por parte de INVERSIONES LA CUMBRE LIMITADA a la Sociedad, con el consentimiento expreso del deudor cedido, esto es, de INVERSIONES PROGRESO LIMITADA. Así se modifica cláusula 5° en el siguiente sentido: Capital: $12.013.481.523, que aportan y pagan de la siguiente forma: a) Inversiones La Cumbre Limitada aportó y pagó la suma de $8.195.787.590, equivalentes a aproximadamente el 68,22% de los derechos sociales, de los cuales $1.980.000 aportó y pagó con anterioridad a este acto, $1.980.000.000 se ha comprometido a enterar en arcas sociales dentro del plazo de 10 años a contar del 3 de agosto de 2015, y $6.213.807.590 se enteran y pagan en este acto mediante el aporte de cuenta por cobrar contra la sociedad Inversiones Progreso Limitada; y b) Ignacio Gonzalo Braulio Gazmuri Muñoz, aportó y pagó con anterioridad a este acto la suma de $3.817.693.933, equivalentes aproximadamente al 31,78% del capital social. Socios limitan su responsabilidad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de Febrero de 2019. Félix Jara C., Notario Público.