MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

I.C.M. Arquitectura, Ingeniería y Construcción Limitada

RUT 76080254-9 CVE 1580763
Capital
$707.666.667 CLP
Fecha instrumento
6 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de marzo de 2019
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$707.666.667 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, of. 44, Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 6 de marzo de 2019, ante mí, Ignacio Cisternas Mozó y Roberto Ignacio Cisternas Bravo; ambos domiciliados Agua del Palo N° 550, departamento 202 A, comuna de Vitacura, Santiago, y únicos socios de I.C.M. ARQUITECTURA, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, acordaron disminuir capital social de $707.666.667.- a la suma de $507.666.667.-, esto es, en $200.000.000.-, que se pagará exclusivamente al socio Ignacio Cisternas Mozó, quien reduce su participación en la sociedad mediante la devolución de capital en especie, esto es, mediante la entrega del inmueble cuya individualización consta en escritura extractada. En virtud de la disminución de capital, los actuales y únicos socios de de I.C.M. Arquitectura, Ingeniería y Construcción Limitada, acordaron modificar la cláusula cuarta de estatutos sociales, por una del siguiente tenor: “CUARTO: El capital social es la cantidad de $507.666.667.-, que los socios han aportado y aportarán en la siguiente forma y proporciones: a) Ignacio Cisternas Mozó, con $507.656.667.-, cantidad íntegramente pagada y enterada en la caja social, equivalente aproximadamente, a un 99,998% del capital social; y b) Roberto Ignacio Cisternas Bravo, con $10.000.-, cantidad íntegramente pagada y enterada en la caja social, equivalente aproximadamente, a un 0,002% del capital social. Se deja expresa constancia que la indicación del porcentaje de participación de cada socio en el capital social es aproximada y se consigna a título meramente ilustrativo, primado por sobre dichos porcentajes la proporción que representa el aporte efectivo de cada socio.” Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 10 de Abril de 2019. P. Raby B., Notario Público Titular.