GLADYS DEL CARMEN ESPINA MORENO INVERSIONES INMOBILIARIAS E.I.R.L.
Instrumento
Sin información de instrumento parseada en esta publicación.
Sociedad
- Capital
- $37.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.857.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Rancagua, Campos 377, certifica: Por escritura hoy ante mi, doña GLADYS DEL CARMEN ESPINA MORENO, chilena, soltera, cuarenta y nueve, periodista, domiciliada en Pasaje San Benito N.º 1415, Conjunto Habitacional Los Bosques de San Francisco, Quinta Etapa, cédula de identidad número 11.485.417-4, mayor de edad, constituye una empresa individual de responsabilidad limitada, conforme ley 19.857. La razón social será "GLADYS DEL CARMEN ESPINA MORENO INVERSIONES INMOBILIARIAS E.I.R.L.” o “GLADYS ESPINA INVERSIONES E.I.R.L." objeto de la empresa es la de inversión inmobiliaria, y en general cualquier otro relacionado con el objeto y que el titular estime conveniente. La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a doña GLADYS ESPINA MORENO, con amplias facultades. El capital social es la suma de $37.000.000 (treinta y siete millones de pesos), cantidad que aporta el compareciente con el aporte al capital social de los siguientes inmuebles: a) Propiedad ubicada en Pasaje San Benito número mil cuatrocientos quince, que corresponde al lote número ciento sesenta y uno, de la manzana diez, del Conjunto Habitacional Los Bosques de San Francisco, Quinta Etapa de la comuna de Rancagua, que se valoriza en la suma de 18.500.000 pesos; y b) Propiedad ubicada en Pasaje San Benito número mil cuatrocientos veintitrés, que corresponde al lote número ciento sesenta y dos, de la manzana diez, del Conjunto Habitacional Los Bosques de San Francisco, Quinta Etapa de la comuna de Rancagua, que se valoriza en la suma de 18.500.000 pesos. El compareciente limita su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de su respectivo aporte. La empresa tendrá como domicilio la ciudad de Rancagua, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Duración de cinco años, plazo renovable tácitamente y sucesivamente por períodos iguales. Rancagua, 21 de Marzo de 2019.