Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2019
- Repertorio
- 597-2019
- Notario
- ELIAS JARUFE ROJAS
- Oficio
- Cuadragésima Séptima Notaria de este Departamento
Sociedad
- Domicilio
- En la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o fuera del territorio
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de Control de Calidad y Supervisión, Asesorías, Compra Venta de Frutas, Importación y Exportación de Fruta, Transporte, Compra y Venta de Materiales de Embalaje, ya sea a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; y toda otra actividad relacionada con las anteriores
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al accionista doña KERLA ANGELICA GAMBOA JIMENEZ, la que podrá actuar por intermedio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto, y según las facultades que se señalan en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIAS JARUFE ROJAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Séptima Notaria de este Departamento, con oficio en Avenida Pedro de Valdivia número Tres mil trescientos diecisiete, Comuna de Ñuñoa, certifico que por escritura pública otorgada hoy, ante mí, Repertorio N° 597-2019, doña KERLA ANGELICA GAMBOA JIMENEZ, chilena, casada, Ingeniero Agrónomo, cédula nacional de identidad número catorce millones trece mil trece guion tres, con domicilio para estos efectos en Doctor Johow número novecientos ochenta y siete, departamento ciento diez, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones: “ECOVIVO SERVICIOS AGRICOLAS SpA.” Domicilio: En la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o fuera del territorio. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de Control de Calidad y Supervisión, Asesorías, Compra Venta de Frutas, Importación y Exportación de Fruta, Transporte, Compra y Venta de Materiales de Embalaje, ya sea a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; y toda otra actividad relacionada con las anteriores. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones de única serie, nominativas y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan en la forma que se indica en los artículos transitorios de este estatuto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de los títulos. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al accionista doña KERLA ANGELICA GAMBOA JIMENEZ, la que podrá actuar por intermedio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto, y según las facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago de Chile, 16 de abril de 2019.