CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CABALLERO Y CABALLERO SOCIEDAD LIMITADA

CVE 1580487
Capital
$43.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de abril de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$43.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
10 años desde hoy, renovable según estatutos

Objeto social

a) gestión de negocios comerciales; b) compraventa de toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) prestación de toda clase de servicios profesionales, técnicos u otros; y, d) celebración de cualesquiera actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los fines sociales descritos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Titular de la 43ª. Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico que, por escritura de fecha 17/04/2019, ante mi; VALENTIN MARCIAL CABALLERO LEIVA, Pje Atlántico 402 Quilicura, y JENNIFFER ANGELICA CABALLERO LEIVA, Pje Las Palomas 223 A, Quilicura, constituyeron CABALLERO Y CABALLERO SOCIEDAD LIMITADA, nombre fantasía “C Y C LTDA”. Uso razón social y administración corresponden a JENNIFFER ANGELICA CABALLERO LEIVA con amplias facultades. Objeto: a) gestión de negocios comerciales; b) compraventa de toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) prestación de toda clase de servicios profesionales, técnicos u otros; y, d) celebración de cualesquiera actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los fines sociales descritos. Domicilio: Santiago sin perjuicio agencias. Capital: $43.000.000, cantidad que socios aportan y enteran siguiente forma: A) VALENTIN MARCIAL CABALLERO LEIVA, aporta $1.000.000, siguiente manera: UNO: con $500.000, este acto, ingresados a caja social y DOS: El saldo, esto es, $500.000 que se enterará a medida que las necesidades sociales lo requieran. B) JENNIFFER ANGELICA CABALLERO LEIVA, $42.000.000, que se pagan, aportando en éste acto, 2 bienes inmuebles, de los cuales es dueña, singularizados en los números UNO y DOS, de la Letra B), de la cláusula cuarta de la escritura, de la sociedad que se constituye en este acto. Los socios avalúan bienes en la suma de $42.000.000, quedando de esta manera recibido dicho aporte por la sociedad, a su entera satisfacción.- Quedan todos los aportes recibidos por la sociedad a su entera satisfacción y la de los socios. Duración: 10 años desde hoy, renovable según estatutos.- SANTIAGO, 22 abril 2019.