CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BM INVERSIONES LIMITADA

CVE 1580868
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2019
Notario
Christian Alejandro Ortiz Cáceres
Oficio
Titular María Soledad Santos Muñoz de la 7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Objeto social

a) La instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas y bebidas Analcoholicas y alcohólicas preparadas para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes, entretención, catering, y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; b) la preparación, elaboración y distribución de productos congelados; c) la compra, venta directa, a distancia, vía Internet o comercio electrónico, cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor; d) distribución de todo tipo de bienes; e) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; f) la externalización, subcontratación, de personal externo g) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; h) Toda actividad que él o los socios quieran desarrollar

Administración

SEBASTIAN ERIC MATTA CELPA, CLAUDIA MACARENA COPAJA MONTERO, ERIKA PILAR MATTA CELPA, ya individualizados, quienes anteponiendo a la razón social a su firma, la representarán indistintamente con las más amplias facultades. El Capital de la sociedad corresponde a $5.000.000 y se cancelan de la siguiente manera; SEBASTIAN ERIC MATTA CELPA, aporta $2.500.000, correspondiente al 50%; CLAUDIA MACARENA COPAJA MONTERO, aporta $1.250.000, correspondiente al 25%; ERIKA PILAR MATTA CELPA, aporta $1.250.000, correspondiente al 25%. Su domicilio será en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales país o extranjero. La sociedad, comenzara a regir desde la fecha del presente contrato y tendrá una duración de 3 años a partir de la referida fecha, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de 3 años, mientras ninguno de los socios exprese su voluntad de ponerle termino mediante escritura publica otorgada con tres meses de anticipación a lo menos al vencimiento del termino de la sociedad o de su correspondiente renovación.- RESPONSABILIDAD:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Christian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Público Suplente de la Titular María Soledad Santos Muñoz de la 7ª Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas número 1161, entrepiso, comuna Santiago, certifica: Por escritura 9 abril 2019 ante la Notario Titular, Don SEBASTIAN ERIC MATTA CELPA, Chileno, Ingeniero En Ejecución Informática, Soltero, domiciliado en Parroquia Nuestra Señora del Rosario número 503, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, Doña CLAUDIA MACARENA COPAJA MONTERO, Chilena, Ingeniero en Comercio Internacional, Casada, domiciliada en Avenida Vicuña Mackenna número 668, casa número 34, Condominio Alto Malloco, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, Doña ERIKA PILAR MATTA CELPA, Chilena, Publicista, Casada, domiciliada en Pedro correa número 134, casa número 17, Condominio las flores , comuna de Peñaflor, Región Metropolitana,, constituyen sociedad de responsabilidad limitada como sigue: Razón social "BM INVERSIONES LIMITADA", pudiendo usar como nombre de fantasía ante terceros, y en especial ante los bancos, el de "BIG MAMMA" Objeto Social: a) La instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas y bebidas Analcoholicas y alcohólicas preparadas para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes, entretención, catering, y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; b) la preparación, elaboración y distribución de productos congelados; c) la compra, venta directa, a distancia, vía Internet o comercio electrónico, cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor; d) distribución de todo tipo de bienes; e) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; f) la externalización, subcontratación, de personal externo g) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; h) Toda actividad que él o los socios quieran desarrollar Administración: SEBASTIAN ERIC MATTA CELPA, CLAUDIA MACARENA COPAJA MONTERO, ERIKA PILAR MATTA CELPA, ya individualizados, quienes anteponiendo a la razón social a su firma, la representarán indistintamente con las más amplias facultades. El Capital de la sociedad corresponde a $5.000.000 y se cancelan de la siguiente manera; SEBASTIAN ERIC MATTA CELPA, aporta $2.500.000, correspondiente al 50%; CLAUDIA MACARENA COPAJA MONTERO, aporta $1.250.000, correspondiente al 25%; ERIKA PILAR MATTA CELPA, aporta $1.250.000, correspondiente al 25%. Su domicilio será en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales país o extranjero. La sociedad, comenzara a regir desde la fecha del presente contrato y tendrá una duración de 3 años a partir de la referida fecha, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de 3 años, mientras ninguno de los socios exprese su voluntad de ponerle termino mediante escritura publica otorgada con tres meses de anticipación a lo menos al vencimiento del termino de la sociedad o de su correspondiente renovación.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- 15 de abril de 2019.