Instrumento
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad y comuna de Chillán
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) La ejecución por cuenta propia o ajena de obras menores de construcción, reparación o mantención de inmuebles; y b) La prestación de servicios de planificación, instalación y mantención integral de redes de gas, tanto domiciliarias como industriales, la instalación, mantención y reparación de artefactos a gas de todo tipo; y cualquier otro acto, negocio o contrato que se relacione en la actualidad o en el futuro con los giros de la sociedad y que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO ALFREDO CORTES GASAUI, Notario Titular Primera Notaría de Chillán, Arauco 645, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 4 de Abril del 2019, ante mí, LUIS ALEJANDRO DOMINGUEZ SANHUEZA, chileno, técnico superior en electricidad industrial, soltero, C.I. N° 16.734.115-2, domiciliado en Villa Precordillera, Pasaje Las Lilas N° 1240, comuna de Chillán, constituyó sociedad por acciones. NOMBRE: “SERVICIOS ADS SPA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será a) La ejecución por cuenta propia o ajena de obras menores de construcción, reparación o mantención de inmuebles; y b) La prestación de servicios de planificación, instalación y mantención integral de redes de gas, tanto domiciliarias como industriales, la instalación, mantención y reparación de artefactos a gas de todo tipo; y cualquier otro acto, negocio o contrato que se relacione en la actualidad o en el futuro con los giros de la sociedad y que acuerden los socios. DOMICILIO: Ciudad y comuna de Chillán, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero.- La Administración de la sociedad corresponderá a don LUIS ALEJANDRO DOMINGUEZ SANHUEZA.- DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: $1.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma convenida en el artículo primero transitorio. Otras estipulaciones en escritura extractada. Chillán, Abril 4 de 2019.