CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Novel Corp. Limitada

CVE 1579990
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de abril de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
40 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarla en tiempo y forma señalada en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) La realización de inversiones en toda clase bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) La prestación de servicios profesionales y técnicos, por cuenta propia o ajena, en las áreas de finanzas, economía, gestión de negocios, organización y)o administración de empresas, manejo de recursos y personal, y en general de todas aquellas áreas de actividad relacionadas con el desarrollo, funcionamiento y ejecución de toda clase de negocios y empresas, y cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior que los socios acuerden; y d) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos

Administración

corresponderá a don Jaime Andrés Varela Eterovic con las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 17 de abril de 2019, ante mí, don Jaime Andrés Varela Eterovic y don Jaime Alfonso Varela Walker, ambos domiciliados en avenida Isidora Goyenechea número 2939, piso 10, comuna de Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social “Inversiones Novel Corp. Limitada”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad la expresión “Inversiones Novel Corp. Ltda.” Administración y uso de la razón social: corresponderá a don Jaime Andrés Varela Eterovic con las facultades indicadas en escritura extractada. Capital social: $1.000.000, el cual ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones y forma: i) don Jaime Andrés Varela Eterovic, en la suma de $999.000, equivalentes a un 99,9% del capital e interés social de la Sociedad; y ii) don Jaime Alfonso Varela Walker; en la suma de $1.000, equivalentes al 0,1% del capital e interés social de la Sociedad. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) La realización de inversiones en toda clase bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) La prestación de servicios profesionales y técnicos, por cuenta propia o ajena, en las áreas de finanzas, economía, gestión de negocios, organización y/o administración de empresas, manejo de recursos y personal, y en general de todas aquellas áreas de actividad relacionadas con el desarrollo, funcionamiento y ejecución de toda clase de negocios y empresas, y cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior que los socios acuerden; y d) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Duración: 40 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarla en tiempo y forma señalada en escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de abril de 2019.