Instrumento
- Fecha
- 29 de marzo de 2019
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Administración
Se nombra como administrador de la sociedad a don HECTOR JAMPIERE PEREZ ESCOBAR, con facultades indicadas escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, don RENE FABIAN SOLIS VEGA, chileno, minero, soltero, domiciliado en La Puntilla Norte Parcela tres, comuna de Illapel, Cuarta Región y de paso en ésta, cédula nacional de identidad número cinco millones seiscientos dieciocho mil ochocientos sesenta y nueve guión seis; don HECTOR JAMPIERE PEREZ ESCOBAR, chileno, factor de comercio, soltero, cédula nacional de identidad número quince millones cuatrocientos nueve mil doscientos sesenta y cuatro mil guión uno, domiciliado en Las Trinitarias número siete mil veintitrés departamento ciento cuatro, comuna de Las Condes; don VICTOR SEBASTIAN GONZALEZ ORDENES, chileno, factor de comercio, soltero, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos noventa mil trescientos cuarenta guión tres, domiciliado en Santa Margarita número cero mil setecientos setenta y cinco, comuna de San Bernardo y de paso en ésta, y don CRISTIAN EDUARDO INOSTROZA DIAZ, chileno, factor de comercio, casado, cédula nacional de identidad número doce millones cuatro mil doscientos veintidós guión K, domiciliado en Parcelación Santa Josefina, Lote cinco, Champa, comuna de Paine y de paso en ésta, mayores de edad, constituyeron sociedad por acciones. Razón social: COMPAÑÍA MINERA LA LUZ SpA. Domicilio: ciudad de Santiago. Duración: indefinida. Objeto El objeto de la sociedad será explorar, reconocer, prospectar, investigar y explotar toda clase de yacimientos de minerales, con el fin de extraer, producir y procesar minerales; denunciar, reconocer y constituir pertenencias y derechos mineros de cualquier naturaleza, sobre cualquier clase de sustancias minerales; explotar sus yacimientos mineros u otros y sus anexos; para estos efectos, podrán instalar y operar plantas de beneficio y tratamiento de los productos que, de ellos, se extraigan; venderlos o vender éstos sin beneficiarlos previamente; importar o exportar minerales u otros bienes; comprar, vender, transportar o comercializar, de cualquier forma, toda clase de sustancias y de productos minerales; celebrar contratos de compraventa, arrendamiento, explotación, hipoteca, avío u opciones respecto de pertenencias o de derechos mineros, y enajenarlos o cederlos a cualquier título; y, en general, celebrar y ejecutar todos los actos y contratos, de todo tipo, encaminados a la consecución de los objetivos señalados.- Capital: Capital social. $4.000.000., dividido en 40 sin valor nominal, de una misma serie, que se suscriben y que se pagan totalmente en este acto. Administración: Se nombra como administrador de la sociedad a don HECTOR JAMPIERE PEREZ ESCOBAR, con facultades indicadas escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 marzo 2019. Félix Jara Cadot N.P.