MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS E INVERSIONES CORREA, SANGUINO Y MEDINA LIMITADA

RUT 76073340-7 CVE 1579592
Capital
$24.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de enero de 2004
Notaría
Puerto Montt

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2004
Notario
ALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS
Oficio
4° Notaría Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Capital
$24.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS, abogado, Notario Público titular 4° Notaría Puerto Montt, con Oficio en calle Urmeneta 542. Certifica: Por escritura pública hoy ante mí: Christian Rodrigo Medina Diaz, domiciliado Regimiento 1313 Puerto Montt, Francesca Alejandra Sanguino Ponce, y Francisco Javier Correa Montes, ambos domiciliados Pedro Montt N°65. Of. 507, Puerto Montt; modifican sociedad ASESORIAS Y COBRANZAS PEREZ, CORREA Y SANGUINO LIMITADA, constituida por escritura publica de 15.01.2004, otorgada Notaria Puerto Montt Hernán Tike Carrasco, cuyo extracto se inscribió Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Puerto Montt a fs. 206 vta, N°126 del año 2004 y se publicó Diario Oficial 4.03.2004, en el siguiente sentido: Christian Rodrigo Medina Díaz, vende, cede y transfiere a Francesca Alejandra Sanguino Ponce, la totalidad de las acciones y derechos que al vendedor le corresponden en la sociedad esto es, el 30% del capital social, en la suma de $24.000.000, que paga siguiente manera: a) con seis millones de pesos pagados mediante cheque b) con 3 cuotas iguales y sucesivas de $6.000.000 c/u que se pagará los días 20 de Mayo, Junio y Julio de 2019. En consecuencia, quedan como únicos socios Francesca Alejandra Sanguino Ponce y Francisco Javier Correa Montes c/u con un 50% del haber social. Adicionalmente actuales socios acuerdan modificar la Razón Social “ASESORÍAS E INVERSIONES CORREA, SANGUINO Y MEDINA LIMITADA” y el nombre de fantasía “ESTUDIO CORREA, SANGUINO Y MEDINA LTDA”, por “ESTUDIO CORREA Y SANGUINO LTDA.” Además, modifican la administración de la sociedad, la que corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quienes podrán, conjunta o separadamente, actuar con las más amplias facultades. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social y de sus modificaciones anteriores. Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Montt, 12 de Abril de 2019.-