SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA RÍO LINDO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de enero de 2019
- Repertorio
- 46-2019
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO ESTRADA ALVARADO, certifica: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, MARÍA DEL CARMEN MARTÍNEZ MUÑOZ, y JAIME SEBASTIÁN CIFUENTES BARRÍA, ambos con domicilio en Doctor Juan Verdaguer 2001, comuna de Algarrobo, procedieron a rectificar, complementar y sanear escritura pública de fecha 14 de enero de 2019, otorgada en esta Notaría, Repertorio 46- 2019, mediante la cual se disolvió y liquidó la “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA RÍO LINDO LIMITADA”. Rectificación consiste en: Los comparecientes rectifican y complementan, en sentido de señalar y determinar la reinscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio y Minas de la ciudad de Santa Cruz, por lo que se agrega la individualización de esta inscripción al final de Expositivo Primero del instrumento público citado. Saneamiento consiste en: Asimismo, la escritura pública individualizada, no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio y Minas de ciudad de Santa Cruz dentro del plazo de 60 días, según dispone la ley. De este modo, sanean esta omisión según Ley N° 19.499, con propósito de inscribir y publicar extracto de escritura de disolución y liquidación social, expresando que ratifican en todas sus partes esta escritura, manteniendo plenamente vigentes todos sus acuerdos. La escritura de rectificación, complementación y saneamiento social se entiende formar parte integrante del instrumento público de disolución y liquidación de sociedad referido, para todos los efectos legales. El capital total de la sociedad es de $10.000.0000. En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente el instrumento público referido. Demás estipulaciones constan escritura que extracto. Casablanca, 03 de abril de 2019.