RNR CONSTRUCTORA E INVERSIONES SpA
Instrumento
- Notario
- Gilda Elizabeth Miranda Córdova
- Oficio
- segunda Notaría de Colina con asiento en Lampa
- Comuna
- Colina
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- en San Juan N°6637, Comuna de Cerro Navia, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Constructora: Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación , loteo, subdivisión , construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos , rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios ; la formación y la participación en sociedades, comunidades, y asociaciones, cualesquiera sea su naturaleza o giro; la inversión de capitales , en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir enajenar y explotar toda clase de bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución , consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, caminos, tendidos eléctricos, infraestructura para agua potable, puentes, edificios, represas, túneles, puertos, aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; la construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos, de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que, directa o indirectamente se relaciones con dicho objeto ; La explotación de dichas viviendas; la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; la Representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones; la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y también, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje, y todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro con los giros antes señalados; Inmobiliaria: Efectuar todo tipo de inversiones sobre toda clase de bienes, tanto mobiliarias como inmobiliarias.- En el ámbito mobiliario podrá efectuar inversiones en el mercado de capitales, adquirir acciones, invertir en sociedades de personas, ya sea constituyéndolas con terceros o incorporándose a las existentes o asociándose con ellas, adquirir bonos y todo otro tipo de valores mobiliarios.- También comprar, vender, enajenar y arrendar bienes muebles de todo tipo.- En lo inmobiliario podrá adquirir y enajenar a cualquier bienes raíces rurales y urbanos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar, ceder a terceros a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos, y En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados.- Representación, administración y uso de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGilda Elizabeth Miranda Córdova, Notario Público Titular de la segunda Notaría de Colina con asiento en Lampa, con oficio en Calle Baquedano 853-A local dieciocho comuna de Lampa, certifico: Que por escritura pública hoy a ocho de abril del año 2019, ante mí, RICHARD OSVALDO NAVARRO ROJAS, Chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor comercio, Cédula Nacional de Identidad número 12.405.170-3, domiciliado en Miraflores de Lipangue S/N Lote numero catorce, Comuna de Lampa, Región Metropolitana, de paso en esta, viene en constituir, Sociedad por Acciones: Nombre: será SOCIEDAD POR ACCIONES “RNR CONSTRUCTORA E INVERSIONES SpA.” pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “RNR CONSTRUCTORA SpA”.- Objeto: Constructora: Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación , loteo, subdivisión , construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos , rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios ; la formación y la participación en sociedades, comunidades, y asociaciones, cualesquiera sea su naturaleza o giro; la inversión de capitales , en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir enajenar y explotar toda clase de bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución , consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, caminos, tendidos eléctricos, infraestructura para agua potable, puentes, edificios, represas, túneles, puertos, aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; la construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos, de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que, directa o indirectamente se relaciones con dicho objeto ; La explotación de dichas viviendas; la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; la Representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones; la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y también, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje, y todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro con los giros antes señalados; Inmobiliaria: Efectuar todo tipo de inversiones sobre toda clase de bienes, tanto mobiliarias como inmobiliarias.- En el ámbito mobiliario podrá efectuar inversiones en el mercado de capitales, adquirir acciones, invertir en sociedades de personas, ya sea constituyéndolas con terceros o incorporándose a las existentes o asociándose con ellas, adquirir bonos y todo otro tipo de valores mobiliarios.- También comprar, vender, enajenar y arrendar bienes muebles de todo tipo.- En lo inmobiliario podrá adquirir y enajenar a cualquier bienes raíces rurales y urbanos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar, ceder a terceros a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos, y En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados.- Representación, administración y uso de Razón Social: La administración será ejercida por don RICHARD OSVALDO NAVARRO ROJAS, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.- Capital: $5.000.000 de pesos, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y valor, íntegramente pagado de la siguiente manera: con la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social.- Domicilio: en San Juan N°6637, Comuna de Cerro Navia, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero.- Duración: tendrá una duración de indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago dieciocho de Abril de 2019. Doy Fe.