INVERSIONES, ASESORÍAS E INMOBILIARIA ML LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de abril de 2019
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la 33° Notaría de Santiago, don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con domicilio en Huérfanos N° 979, oficina 501, Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha 9 de abril de 2019, otorgada ante mí, don Juan Carlos Eduardo Molina Silva, cédula de identidad N° 9.085.644-8, doña María Macarena Lazcano Valdés, cédula de identidad N° 11.624.948-0, doña María Macarena Molina Lazcano, cédula de identidad N° 18.391.871-0, doña Bárbara Molina Lazcano, cédula de identidad N° 19.079.847-K, doña María Teresita Molina Lazcano, cédula de identidad N° 19.567.656-9, doña María Valentina Molina Lazcano, cédula de identidad N° 19.638.570-3, y don Juan Carlos Molina Lazcano, cédula de identidad número 20.431.892-1, todos con domicilio en calle Millantú N° 6.728, comuna de Vitacura, acordaron lo siguiente: a) Doña María Macarena Molina Lazcano vende, cede y transfiere a don Juan Carlos Molina Lazcano, el 50% de los derechos sociales que le pertenecen en la sociedad INVERSIONES, ASESORÍAS E INMOBILIARIA ML LIMITADA, inscrita a fojas 34.412, N° 25.671, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2004, los cuales corresponden al 10% de los derechos de la misma; b) Don Juan Carlos Eduardo Molina Silva, doña María Macarena Lazcano Valdés, doña María Macarena Molina Lazcano, doña Bárbara Molina Lazcano, doña María Teresita Molina Lazcano, doña María Valentina Molina Lazcano y don Juan Carlos Molina Lazcano, en su calidad únicos socios de Inversiones, Asesorías e Inmobiliaria ML Limitada, sustituyeron el texto del artículo sexto de los estatutos sociales de la misma por el siguiente: “Sexto: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios han aportado en la forma y proporciones indicadas a continuación: i) don Juan Carlos Eduardo Molina Silva con cien mil pesos, íntegramente pagados a esta fecha; ii) doña María Macarena Lazcano Valdés con cien mil pesos, íntegramente pagados a esta fecha; iii) doña María Macarena Molina Lazcano con cien mil pesos, íntegramente pagados a esta fecha; iv) doña Bárbara Molina Lazcano con doscientos mil pesos, íntegramente pagados a esta fecha; v) doña María Teresita Molina Lazcano con doscientos mil pesos, íntegramente pagados a esta fecha; vi) doña María Valentina Molina Lazcano con doscientos mil pesos, íntegramente pagados a esta fecha, y vii) don Juan Carlos Molina Lazcano con cien mil pesos, íntegramente pagados a esta fecha”. Responsabilidad personal de los socios continúa quedando limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de abril de 2019.