CASANOVA Y DE LA CRUZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de marzo de 2019
- Notario
- Hernán Cuadra Gazmuri
- Oficio
- Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, el diseño y realización de tatuajes, piercings, y otras modificaciones corporales, además de toda otra actividad que por unanimidad acuerden los socios, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su
Administración
corresponderá a JOHN ALEJANDRO DE LA CRUZ MEJÍAS, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHernán Cuadra Gazmuri, Notario Público de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1160, oficina 101 y 102, comuna de Santiago certifico: que por escritura pública de fecha 01/03/2019 ante mi Suplente don Juan Carlos Alvarez Domínguez, don JOHN ALEJANDRO DE LA CRUZ MEJÍAS, CI. Nº 16.172.710-5, Pasaje 442, Nº 7616, Villa Real Audiencia, comuna de Peñalolén, y ÁLVARO JOSÉ IGNACIO CASANOVA ARAYA, CI. Nº 16.770.287-2, Avenida Berlin parcela 29, casa 21, comuna de Peñaflor, constituyen Sociedad por Acciones. NOMBRE: "CASANOVA Y DE LA CRUZ SpA".OBJETO: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, el diseño y realización de tatuajes, piercings, y otras modificaciones corporales, además de toda otra actividad que por unanimidad acuerden los socios, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. ADMINISTRACIÓN: corresponderá a JOHN ALEJANDRO DE LA CRUZ MEJÍAS, amplias facultades. CAPITAL SOCIAL: $6.000.000, dividido en 6.000 acciones nominativas, misma y única serie, sin valor nominal, suscribe y paga: JOHN ALEJANDRO DE LA CRUZ MEJÍAS, suscribe este acto 50% de las acciones antes señaladas, esto es, la cantidad de 3.000 acciones, a un valor de suscripción de $1.000 por acción, lo que determina un valor total de suscripción ascendente a $3.000.000, paga en dinero en este acto; ÁLVARO JOSÉ IGNACIO CASANOVA ARAYA, suscribe este acto 50% de las acciones antes señaladas, esto es, la cantidad de 3.000 acciones, a un valor de suscripción de $1.000 por acción, lo que determina un valor total de suscripción ascendente a $3.000.000, paga en dinero en este acto. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se pudieren establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 04 de Marzo de 2019. H Cuadra G.