MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BUTI INVERSIONES SpA

RUT 76842495-0 CVE 1578976
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de abril de 2019

Instrumento

Fecha
15 de abril de 2019
Notario
Bernardo Espinosa Bancalari
Domicilio
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: que ante mí, don Gerardo Wielandt Labbé y doña Josefina Lyon Fuentes, ambos en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad Buti Inversiones SpA, inscrita a fojas 88 Nº 57 del Registro de Comercio de Puerto Varas del año 2018, en adelante la “Sociedad”, mediante acuerdo de accionistas sin forma de junta, celebrado por escritura pública de 15 de abril de 2019, bajo el repertorio número 1412/2019, acordaron las siguientes modificaciones de la Sociedad: UNO) Aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $2.000.000.- a la cantidad de $3.200.000.-, esto es, en la cantidad de $1.200.000.-, mediante la emisión de 600 nuevas acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma y única serie. El referido aumento de capital fue íntegramente suscrito y pagado, en dinero efectivo, por doña Josefina Lyon Fuentes. DOS) A fin de reflejar el aumento de capital de que da cuenta la referida escritura pública, se acordó sustituir los Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: (i) “TÍTULO SEGUNDO: DEL CAPITAL: Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a tres millones doscientos mil pesos, dividido en mil seiscientas acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma y única serie. Las acciones suscritas y no pagadas, estando vigente el plazo acordado para ello, gozarán de todos los derechos que corresponde a las acciones suscritas y pagadas, sin distinción alguna. Las nuevas acciones emitidas se podrán pagar sólo con dinero efectivo o equivalente. En caso de no ser suscritas y pagadas en tiempo y forma las acciones, el capital social se reducirá de pleno derecho y sin más trámites al monto correlativo a las acciones efectivamente suscritas y pagadas. Lo expresado es sin perjuicio de las modificaciones del capital que se produzcan de pleno derecho en conformidad a la Ley.” (ii) “TÍTULO DÉCIMO PRIMERO: DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Artículo Primero Transitorio: El capital social es la suma de tres millones doscientos mil pesos, dividido en mil seiscientas acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma y única serie, que se suscribe y paga de la siguiente forma: Uno) Don Gerardo Wielandt Labbé suscribió y pagó la cantidad de ochocientas acciones, por la suma total de un millón seiscientos mil pesos, a razón de dos mil pesos por acción; Dos) Doña Josefina Lyon Fuentes suscribió y pagó ochocientas acciones, por la suma total de un millón seiscientos mil pesos, a razón de dos mil pesos por acción. En consecuencia, la totalidad de las acciones en que se divide el capital social se encuentran suscritas y pagadas en la forma señalada, pagándose así íntegramente el capital social”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 18 de abril de 2019.