MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS Y SEGURIDAD TOTAL LIMITADA

RUT 76057713-8 CVE 1579197
Fecha instrumento
10 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2019
Repertorio
4129/2019
Notario
HERNAN CUADRA GAZMURI
Oficio
Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNAN CUADRA GAZMURI, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Santiago, don HERNÁN CUADRA GAZMURI, con oficio en calle Huérfanos N° 1160, oficinas N° 101 y 102, comuna de Sa ntiago, certifica: Por escritura pública Repertorio 4.129/2019, con fecha 05 de Abril del 2019, ante mí, comparecieron: don YANKO IGOR GARCIA OBANDO, C.I. N° 8.866.169- 9, doña VALERIA SILVANA CACERES ROMERO, C.I. N° 9.9 17.420-5, ambos domiciliados en Longitudinal 3 N° 697, comuna de Independencia, y don YANKO RENE GARCIA CACERES, C.I. N° 16.942.378-4, domiciliado en Piedra Roja N° 1226, comuna de Quilicura, cedieron derechos y modificaron sociedad ASESORIAS Y SEGURIDAD TOTAL LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 14 de Abril del 2009, ante el Notario de Santiago don Raúl Ivan Perry Pefaur, inscrita a fojas 20.298, número 13.853, del Registro Comercio de Santiago, correspondiente al año 2009 y publicada en el Diario Oficial con fecha 14 de Abril del 2009. Modificación consiste: a) La socia VALERIA SILVINA CACERES ROMERO se retira de la sociedad, cediendo el 100% de sus derechos sociales a don YANKO RENE GARCIA CACERES, quien se incorpora a la sociedad en calidad de socio, con el mismo porcentaje de doña VALERIA SILVINA CACERES ROMERO, equivalente al 5% del haber social. El precio de la cesión es de $200.000, pagados al contado. Quedan como únicos socios de ASESORIAS Y SEGURIDAD TOTAL LIMITADA, don YANKO IGOR GARCIA OBANDO, con un 95% del haber social y don YANKO RENE GARCIA CACERES, con un 5% del haber social. b) Los socios acuerdan modificar la cláusula SEGUNDA de la escritura de constitución, reemplazando el objeto social por el siguiente: “Desarrollar actividades en materias inherentes a la seguridad privada.” En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social constitutivo. Santiago 10 de Abril de 2019.