Instrumento
- Fecha
- 12 de abril de 2019
- Repertorio
- 11264
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas, para desarrollar directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o fuera de él, principalmente las actividades de inversiones con carácter permanente o de renta en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, o en otras sociedades; b)Comprar, vender, importar, exportar todo tipo de bienes muebles o inmuebles; comercializar, distribuir y representar todo tipo de bienes, productos, mercaderías o marcas, propios o de terceros; c) La prestación de todo tipo de asesorías técnicas relacionadas con la actividad naviera, en especial en lo relativo a las operaciones de naves en puerto; d)La explotación de negocios de transportes marítimos, aparejando, pertrechando y expidiendo a su propio nombre y por su cuenta y riesgo naves propias o ajenas, estableciendo y explotando líneas de navegación, fletando naves, estableciendo Agencias Marítimas dentro o fuera del territorio nacional o en otra forma distinta; e) Celebrar los demás negocios relacionados que los socios acuerden llevar a cabo, pudiendo realizar todos los actos y celebrar los contratos que sean necesarios y conducentes a la consecución de los fines sociales, incluyendo la compraventa y)o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles que sirvan para el funcionamiento de la sociedad. Todos los objetos anteriores podrán ser ejercidos en forma directa o indirecta, por cuenta propia o ajena. Administración y Uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción número sesenta y cinco, segundo piso, comuna de Providencia, certifica: Por escritura de fecha 12 de Abril de 2019, Repertorio N°11.264, ante mí: Don ANSGAR MUSCHEN VAN LANKEREN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, técnico naviero, RUT: N° 10.343.549-8, domiciliado en calle Las Condesas N° 2035, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones. Razón Social: ARUBA SpA. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas, para desarrollar directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o fuera de él, principalmente las actividades de inversiones con carácter permanente o de renta en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, o en otras sociedades; b)Comprar, vender, importar, exportar todo tipo de bienes muebles o inmuebles; comercializar, distribuir y representar todo tipo de bienes, productos, mercaderías o marcas, propios o de terceros; c) La prestación de todo tipo de asesorías técnicas relacionadas con la actividad naviera, en especial en lo relativo a las operaciones de naves en puerto; d)La explotación de negocios de transportes marítimos, aparejando, pertrechando y expidiendo a su propio nombre y por su cuenta y riesgo naves propias o ajenas, estableciendo y explotando líneas de navegación, fletando naves, estableciendo Agencias Marítimas dentro o fuera del territorio nacional o en otra forma distinta; e) Celebrar los demás negocios relacionados que los socios acuerden llevar a cabo, pudiendo realizar todos los actos y celebrar los contratos que sean necesarios y conducentes a la consecución de los fines sociales, incluyendo la compraventa y/o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles que sirvan para el funcionamiento de la sociedad. Todos los objetos anteriores podrán ser ejercidos en forma directa o indirecta, por cuenta propia o ajena. Administración y Uso Razón Social: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá exclusivamente a don ANSGAR MUSCHEN VAN LANKEREN, RUT: N° 10.343.549-8, con amplias facultades indicadas en escritura extractada. Capital: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es la suma de $100.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, el cual se suscribe y paga en su totalidad por el único accionista, señor, ANSGAR MUSCHEN VAN LANKEREN.- Duración: Indefinida. Otras estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 17 de Abril de 2019.