CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ALTO TRACK CHILE SpA

CVE 1579031
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
12 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la comuna de Santiago

Objeto social

La Sociedad tiene por

Administración

La administración de la compañía y el uso de la razón social corresponderá al accionista ALTO S.A., quien deberá actuar por uno o más representantes designados por instrumento público o por poder otorgado en el extranjero debidamente legalizado o apostillado, según el caso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario 5° Notaría Santiago, Gertrudis Echenique 30, Oficina 44, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de abril de 2019, repertorio número 3276-2019, ALTO S.A. constituyó en calidad de único accionista una sociedad por acciones conforme al Párrafo 8 Título VII Libro II Código de Comercio. Nombre: “ALTO TRACK CHILE SpA”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: La sociedad tiene por objeto: a) el desarrollo, explotación y comercialización de bases de datos, softwares, soportes tecnológicos, de informática y similares; b) la prestación de servicios legales, comunicacionales, seguridad y de consultoría; c) la prestación de servicios de capacitación en materias legales y de seguridad; y d) el desarrollo e implementación de estrategias comunicacionales, de marketing y seguridad. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000 dividido en 100.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Administración: La administración de la compañía y el uso de la razón social corresponderá al accionista ALTO S.A., quien deberá actuar por uno o más representantes designados por instrumento público o por poder otorgado en el extranjero debidamente legalizado o apostillado, según el caso. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de Abril de 2019. Patricio Raby B. Notario Público.