CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

VISION ELEKTRA SpA

CVE 1578394
Fecha instrumento
10 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales, o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero
Duración
La duración de la sociedad será de tres años prorrogables, por periodos iguales y en forma tácita y sucesiva si no se celebrara la Junta de Accionistas respectiva en que se acordara poner término a la sociedad

Objeto social

El objeto de la sociedad será: uno) Servicios informativos, telecomunicaciones, publicidad; dos) Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática; tres) Fabricación de componentes electrónicos, sus reparaciones, construcción, instalación y mantención de circuito cerrado de televisión; cuatro) Instalación de redes de datos y voz, diseños e implementación de sistemas informáticos; cinco) Importación y exportación de insumos computacionales; seis) importación y exportación de equipos e insumos de sistemas de vigilancia

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial la tendrá JAIME PATRICIO MANSILLA FUENTEALBA, con las más amplias facultades de administración y disposición conforme a los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública suscrita con fecha 10/04/2019 ante mí, don JAIME PATRICIO MANSILLA FUENTEALBA, chileno, divorciado, comerciante, cédula de identidad número 11.872.648 - 0, domiciliado en Avenida Pajaritos #3195, oficina 711, comuna de Maipú, Región Metropolitana, constituye una sociedad por acciones denominada “VISION ELEKTRA SpA” de acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. Razón social: “VISION ELEKTRA SpA” y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “VISION ELEKTRA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: uno) Servicios informativos, telecomunicaciones, publicidad; dos) Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática; tres) Fabricación de componentes electrónicos, sus reparaciones, construcción, instalación y mantención de circuito cerrado de televisión; cuatro) Instalación de redes de datos y voz, diseños e implementación de sistemas informáticos; cinco) Importación y exportación de insumos computacionales; seis) importación y exportación de equipos e insumos de sistemas de vigilancia. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial la tendrá JAIME PATRICIO MANSILLA FUENTEALBA, con las más amplias facultades de administración y disposición conforme a los estatutos sociales. Capital: El capital de la sociedad es la suma de 3 millones de pesos divididos en mil acciones nominativas y sin valor nominal. Para tales efectos el capital es divido en dos series de acciones, Clase “A”, de acciones ordinarias, y Clase “B”, de acciones preferidas para el reparto de utilidades, todas nominativas y sin valor nominal. La Clase “A”, de acciones ordinarias; se formará con novecientas noventa y cuatro acciones, sin valor nominal; la clase “B”, de acciones preferidas para el reparto de utilidades, se formará con seis acciones, sin valor nominal. Dicho capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Duración: La duración de la sociedad será de tres años prorrogables, por periodos iguales y en forma tácita y sucesiva si no se celebrara la Junta de Accionistas respectiva en que se acordara poner término a la sociedad Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales, o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 16 de abril de 2019.