Seguridad Aeroportuaria Aeroseg SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2019
- Notario
- LUIS POZA MALDONADO
- Domicilio
- Santiago
Objeto social
La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes operaciones enunciativas y no limitativas: a) el desarrollo de actividades en materias inherentes a la seguridad privada, en especial, la prestación de recursos técnicos en materia de seguridad privada, así como la asesoría, ejecución y representación en toda actividad conexa con esta materia; b) el desarrollo de cualquier actividad comercial relacionada con la referida actividad, pudiendo formar parte en otras sociedades, modificarlas, y asumir su administración; y, c) en general, suscribir y ejecutar todos los actos y aquellos contratos y negocios afines o derivados de los anteriores y adecuados para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propia de la sociedad."
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS POZA MALDONADO, Notario Público Santiago, Embajador Doussinague, 1704, Vitacura, certifico que por escritura de hoy ante mí, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Seguridad Aeroportuaria Aeroseg SpA celebrada el 15 de marzo de 2019, se acordó reemplazar el Artículo Cuarto del estatuto social vigente, relativo al objeto social, por el siguiente: "ARTÍCULO CUARTO: Objeto. La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes operaciones enunciativas y no limitativas: a) el desarrollo de actividades en materias inherentes a la seguridad privada, en especial, la prestación de recursos técnicos en materia de seguridad privada, así como la asesoría, ejecución y representación en toda actividad conexa con esta materia; b) el desarrollo de cualquier actividad comercial relacionada con la referida actividad, pudiendo formar parte en otras sociedades, modificarlas, y asumir su administración; y, c) en general, suscribir y ejecutar todos los actos y aquellos contratos y negocios afines o derivados de los anteriores y adecuados para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propia de la sociedad." Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de marzo de 2019.