CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA PEROVAL SpA

RUT 6163775-3 CVE 1578210
Capital
$60.000 CLP
Fecha instrumento
20 de marzo de 2019
Notaría
San
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2019
Comuna
San

Sociedad

Capital
$60.000 CLP
Domicilio
comuna de San Javier
Duración
Indefinida

Objeto social

La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con esas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios;Capital: $60.000.000 dividido en 600 acciones nominativas, con valor nominal $100.000.- cada una, suscritas y pagadas siguiente manera: Uno) MARÍA DEL CARMEN OVALLE LECAROS suscribe 522 acciones, que ascienden a $52.200.000.- equivalentes a 87% del capital, y se pagan aportando: BIENES RAÍCES: Uno) El LOTE 3 -A, resultante de la subdivisión del resto no transferido del LOTE TRES de los en que se subdividió el predio agrícola que corresponde al resto del resto del antiguo fundo Santa Cecilia, que corresponde a primera porción, según plano autorizado por Servicio Agrícola y Ganadero protocolizado Notaría de San Javier numero 1153 Registro Instrumentos Públicos Agosto 2010, que tenía originalmente 7,80 hectáreas, deslindes: Norte, en línea ondulada e irregular con estero El Donkey; Sur, en parte con camino público que lo separa de Osvaldo Lobos, en línea recta de 55,00 metros, línea recta de 80,68 metros y en trazos de 11,39 metros con lote dos del plano, en línea semi ondulada de 10,78 metros, 32,57 metros, 13,83 metros, 41,84 metros, 10,69 metros y 18, 79 metros con Canal, que lo separa del lote dos del plano y en línea recta con lote enajenado del plano; Oriente, en línea recta con Dichato Lote enajenado del plano; en línea recta de 28,00 metros y de 70,09 metros con Lote dos del plano, y Poniente, con Línea Férrea.- Inscrito a fojas 146 numero 197 año 2018 Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Javier.- Rol 218-70 comuna San Javier.- De acuerdo plano subdivisión, Lote TRES –A, aportado tiene 0,503 hectáreas y deslinda: NORPONIENTE: en 100,90 metros canal El Donkey; SUR: en 68,80 con Lote 3-C del mismo plano; ORIENTE: en 106,48 metros con Lote 3-B del mismo plano, y PONIENTE: en línea quebrada de dos parcialidades de total 35,40 metros con Línea Férrea.- Dos) El LOTE 3 -B, resultante subdivisión resto no transferido del LOTE TRES individualizado en numero “Uno” precedente.- De acuerdo al plano de subdivisión, el lote aportado tiene superficie total 0,502 hectáreas y deslinda: NORTE: en línea ondulada de 45,10 metros con canal El Donkey; SUR: en 44,0 metros con Lote 3-C del mismo plano; ORIENTE: en 118,40 metros con Lote 3-9 del mismo plano, y PONIENTE: en 106,48 metros con Lote 3-A del mismo plano.- Tres) Aporta el lote denominado “RESTO DEL PREDIO” resultante de la subdivisión del resto no transferido del LOTE TRES, individualizado en numero “Uno” precedente.- De acuerdo al plano el lote RESTO DEL PREDIO, objeto aportado tiene superficie total 0,763 hectáreas y deslinda: NORTE: en línea quebrada de dos tramos con un total de 120,46 metros con Lote 3-9, Lote 3-8, Lote 3-12, Lote 3-7, en la parte de dichos lotes grabada con servidumbre de tránsito y con canal de desagüe, y en 3,90 metros con Lote 3 C del mismo plano.- SURORIENTE: en 11,32 metros con Lote 2 del mismo plano Rol 620-27; ORIENTE: en 69,05 metros con Lote 2 del mismo plano Rol 620-27; SUR: en 48,73 metros y en 80,83 metros con Lote 2 del mismo plano Rol 620-27, y en 3,10 metros con Lote 3 del mismo plano; y PONIENTE: en 50,26 metros, en 8,50 metros y en 17,88 metros con Lote 3-C del mismo plano.- LOTE 3-A se le asignó Rol avalúos 620-67, LOTE 3-B se le asignó Rol avalúos 620-68, y lote RESTO DEL PREDIO tiene Rol 218-70 todos comuna San Javier- LOTE 3-A avaluado y aportado en $18.000.000.-, LOTE 3-B es avaluado y aportado en $16.000.000.- y Lote RESTO DEL PREDIO es avaluado y aportado en $17.000.000.-; DINERO: Aporta $1.200.000.- en dinero efectivo, de los cuales $600.000.- entera en este acto en caja social y saldo de $600.000.- se obliga a enterar y pagar dentro 2 años a contar fecha escritura extractada.- Dos) Doña TRINIDAD PÉREZ OVALLE suscribe 78 acciones, que ascienden a $7.800.000.- equivalentes a 13% del capital, que paga: Mediante el aporte de derechos en un bien raíz y dinero: BIENES RAÍCES: Aporta la totalidad de acciones y derechos o cuotas que al cedente, Marcelino Francisco Perez Perez, le correspondían en un sitio y casa ubicado calle Esmeralda N° 1472 ciudad San Javier, deslindes: NORTE: con sucesión Valenzuela y otros, hoy David Gajardo y mide 46 metros 40 centímetros; al SUR: con casa esquina de la calle Esmeralda y calle Loncomilla y mide 24 metros y con casa de la calle Loncomilla y mide 22 metros y 20 centímetros; ORIENTE: Vitalia Pinto, hoy sucesión Lamilla y mide 35 metros 20 centímetros, y al PONIENTE: con calle Esmeralda y mide 28 metros 10 centímetros. inscritas a fojas 585 numero 724 año 2013 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces San Javier.- Rol 82-18 comuna San Javier.- Acciones y derechos o cuotas aportadas se avalúan y aportan en $7.000.000.-; DINERO: Aporta $800.000.- en dinero efectivo, de los cuales $400.000.- los entera en este acto en caja social y saldo de $400.000.- se obliga a enterar y pagar dentro plazo 2 años a contar fecha escritura extractada

Administración

Administración, uso de razón social y representación corresponderá a un administrador general, designado por junta de accionistas, con amplias facultades, salvo las limitaciones establecidas en clausula primera articulo decimo.- Se designó en escritura extractada administrador general titular a MARCELINO FRANCISCO PÉREZ PÉREZ;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16 notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura hoy, ante mi, MARÍA DEL CARMEN OVALLE LECAROS, chilena, casada y separada de bienes, agricultora, c.n.i. 6.163.775-3, domicilio Parcela Santa Cecilia sin numero comuna San Javier, y TRINIDAD PÉREZ OVALLE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Ingeniero Civil Industrial, c.n.i. 13.922.415-9, domicilio Carlos Peña Otaegui N° 1250 Depto. 202 A, comuna Las Condes Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones.- Razón social: “Inmobiliaria Peroval SpA”.- Domicilio: comuna de San Javier, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales en otros puntos del país o extranjero; Objeto social: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con esas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios;Capital: $60.000.000 dividido en 600 acciones nominativas, con valor nominal $100.000.- cada una, suscritas y pagadas siguiente manera: Uno) MARÍA DEL CARMEN OVALLE LECAROS suscribe 522 acciones, que ascienden a $52.200.000.- equivalentes a 87% del capital, y se pagan aportando: BIENES RAÍCES: Uno) El LOTE 3 -A, resultante de la subdivisión del resto no transferido del LOTE TRES de los en que se subdividió el predio agrícola que corresponde al resto del resto del antiguo fundo Santa Cecilia, que corresponde a primera porción, según plano autorizado por Servicio Agrícola y Ganadero protocolizado Notaría de San Javier numero 1153 Registro Instrumentos Públicos Agosto 2010, que tenía originalmente 7,80 hectáreas, deslindes: Norte, en línea ondulada e irregular con estero El Donkey; Sur, en parte con camino público que lo separa de Osvaldo Lobos, en línea recta de 55,00 metros, línea recta de 80,68 metros y en trazos de 11,39 metros con lote dos del plano, en línea semi ondulada de 10,78 metros, 32,57 metros, 13,83 metros, 41,84 metros, 10,69 metros y 18, 79 metros con Canal, que lo separa del lote dos del plano y en línea recta con lote enajenado del plano; Oriente, en línea recta con Dichato Lote enajenado del plano; en línea recta de 28,00 metros y de 70,09 metros con Lote dos del plano, y Poniente, con Línea Férrea.- Inscrito a fojas 146 numero 197 año 2018 Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Javier.- Rol 218-70 comuna San Javier.- De acuerdo plano subdivisión, Lote TRES –A, aportado tiene 0,503 hectáreas y deslinda: NORPONIENTE: en 100,90 metros canal El Donkey; SUR: en 68,80 con Lote 3-C del mismo plano; ORIENTE: en 106,48 metros con Lote 3-B del mismo plano, y PONIENTE: en línea quebrada de dos parcialidades de total 35,40 metros con Línea Férrea.- Dos) El LOTE 3 -B, resultante subdivisión resto no transferido del LOTE TRES individualizado en numero “Uno” precedente.- De acuerdo al plano de subdivisión, el lote aportado tiene superficie total 0,502 hectáreas y deslinda: NORTE: en línea ondulada de 45,10 metros con canal El Donkey; SUR: en 44,0 metros con Lote 3-C del mismo plano; ORIENTE: en 118,40 metros con Lote 3-9 del mismo plano, y PONIENTE: en 106,48 metros con Lote 3-A del mismo plano.- Tres) Aporta el lote denominado “RESTO DEL PREDIO” resultante de la subdivisión del resto no transferido del LOTE TRES, individualizado en numero “Uno” precedente.- De acuerdo al plano el lote RESTO DEL PREDIO, objeto aportado tiene superficie total 0,763 hectáreas y deslinda: NORTE: en línea quebrada de dos tramos con un total de 120,46 metros con Lote 3-9, Lote 3-8, Lote 3-12, Lote 3-7, en la parte de dichos lotes grabada con servidumbre de tránsito y con canal de desagüe, y en 3,90 metros con Lote 3 C del mismo plano.- SURORIENTE: en 11,32 metros con Lote 2 del mismo plano Rol 620-27; ORIENTE: en 69,05 metros con Lote 2 del mismo plano Rol 620-27; SUR: en 48,73 metros y en 80,83 metros con Lote 2 del mismo plano Rol 620-27, y en 3,10 metros con Lote 3 del mismo plano; y PONIENTE: en 50,26 metros, en 8,50 metros y en 17,88 metros con Lote 3-C del mismo plano.- LOTE 3-A se le asignó Rol avalúos 620-67, LOTE 3-B se le asignó Rol avalúos 620-68, y lote RESTO DEL PREDIO tiene Rol 218-70 todos comuna San Javier- LOTE 3-A avaluado y aportado en $18.000.000.-, LOTE 3-B es avaluado y aportado en $16.000.000.- y Lote RESTO DEL PREDIO es avaluado y aportado en $17.000.000.-; DINERO: Aporta $1.200.000.- en dinero efectivo, de los cuales $600.000.- entera en este acto en caja social y saldo de $600.000.- se obliga a enterar y pagar dentro 2 años a contar fecha escritura extractada.- Dos) Doña TRINIDAD PÉREZ OVALLE suscribe 78 acciones, que ascienden a $7.800.000.- equivalentes a 13% del capital, que paga: Mediante el aporte de derechos en un bien raíz y dinero: BIENES RAÍCES: Aporta la totalidad de acciones y derechos o cuotas que al cedente, Marcelino Francisco Perez Perez, le correspondían en un sitio y casa ubicado calle Esmeralda N° 1472 ciudad San Javier, deslindes: NORTE: con sucesión Valenzuela y otros, hoy David Gajardo y mide 46 metros 40 centímetros; al SUR: con casa esquina de la calle Esmeralda y calle Loncomilla y mide 24 metros y con casa de la calle Loncomilla y mide 22 metros y 20 centímetros; ORIENTE: Vitalia Pinto, hoy sucesión Lamilla y mide 35 metros 20 centímetros, y al PONIENTE: con calle Esmeralda y mide 28 metros 10 centímetros. inscritas a fojas 585 numero 724 año 2013 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces San Javier.- Rol 82-18 comuna San Javier.- Acciones y derechos o cuotas aportadas se avalúan y aportan en $7.000.000.-; DINERO: Aporta $800.000.- en dinero efectivo, de los cuales $400.000.- los entera en este acto en caja social y saldo de $400.000.- se obliga a enterar y pagar dentro plazo 2 años a contar fecha escritura extractada.- Administración: Administración, uso de razón social y representación corresponderá a un administrador general, designado por junta de accionistas, con amplias facultades, salvo las limitaciones establecidas en clausula primera articulo decimo.- Se designó en escritura extractada administrador general titular a MARCELINO FRANCISCO PÉREZ PÉREZ; Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2019.