GRUPO CULINARIO BLT SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2019
- Notario
- OSVALDO PEREIRA GONZALEZ
- Domicilio
- con oficio en calle Teatinos 440
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSVALDO PEREIRA GONZALEZ, Notario Público, con oficio en calle Teatinos 440, sexto piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de Marzo de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Sesión Extraordinaria de Accionistas de la sociedad GRUPO CULINARIO BLT SpA, celebrada con fecha 18 de marzo del año 2019 a las 16:30 horas en la oficina ubicada en calle Teatinos 449, piso 6, de la comuna y ciudad de Santiago, Asistió especialmente el Notario Público de Santiago don Osvaldo Pereira González, para dar cumplimiento al inciso final del artículo 57 de la Ley 18.046 sobre sociedades anónimas. La sociedad GRUPO CULINARIO BLT SpA, fue constituida por escritura pública de fecha 20 de Junio del año 2016, en la Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno e inscrita en el Registro de Comercio a fojas 49.114 N° 26.890 correspondiente al año 2016. Concurren a esta asamblea, los siguientes accionistas, a saber: 1.- HÉCTOR AQUILES BESSON, cédula de identidad para extranjero N° 24.819.433-2, con 1500 acciones, que corresponden a un tercio de las acciones emitidas, suscrita y pagadas. 2.- TSAO-CHIN LIANG, cédula de identidad para extranjero N° 14.413.621-7, con 1500 acciones, que corresponden a un tercio de las acciones emitidas, suscrita y pagadas. 3.- MARCELINO SALVADOR TELLO SALDIBAR, cédula de identidad para extranjero N° 10.901.593-8, con 1500 acciones, que corresponden a un tercio de las acciones emitidas, suscrita y pagadas. En suma se encontraban representadas la totalidad de las acciones de la sociedad GRUPO CULINARIO BLT SpA. La Junta acuerda por unanimidad de los accionistas concurrentes, que equivalen al cien por ciento de las acciones emitidas y que se encuentran suscritas y pagadas en su totalidad y dando cumplimiento a lo establecido en los artículos cincuenta y siete y sesenta y siete de la Ley de Sociedades Anónima acuerda por la unanimidad de las acciones suscritas: A.- La disolución de la sociedad GRUPO CULINARIO BLT SpA, a contar del treinta de Abril de dos mil diecinueve. B.- No se designará comisión liquidadora, debido a que la empresa no tiene bienes que liquidar. C.- El abogado HECTOR ROJAS PICCARDO, representará judicial y extrajudicialmente, a la sociedad en liquidación y estará investido de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los Estatutos no establezcan como privativas de las Juntas de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 20 de marzo del 2019. O.P.G.