Instrumento
- Repertorio
- 4989-2019
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Santiago, Titular de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979 Of. 501, certifica: Por escritura pública de fecha 1° de abril de 2019, Repertorio Nº4989-2019, ante mí: doña Marcela Carolina Belmar Gamboa constituyó la siguiente sociedad por acciones: Nombre, ABC INTANGIBLE ASSETS SpA. Objeto, la prestación de asesoría profesional y consultoría en materias de propiedad intelectual, competencia, competencia desleal, tecnologías de la información, protección de datos y ciberseguridad; así como también para la explotación de desarrollos innovadores propios y de terceros y en la gestión, diseño y mejora de procesos y del diseño organizacional de empresas y organizaciones, comprendiendo su transformación digital. Desarrollo de soluciones informáticas y su comercialización, incluidos proyectos que incorporen automatización de procesos y el uso de inteligencia artificial, en todos los campos de la ciencia y del conocimiento. Licenciamiento por cuenta propia y de terceros de soluciones informáticas cuyo objeto permita modernizar y hacer más eficientes los procesos de empresas y organizaciones. Prestación de asesoría en materias contractuales y extracontractuales, en todos los ámbitos del derecho y de la ingeniería. Elaboración de informes en las áreas antes mencionadas. La explotación de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. En general, realizar, toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto social que los socios acuerden. Domicilio, Será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otras comunas país o extranjero. Duración indefinida. Capital $2.000.000, dividido en 200 acciones nominativas, misma serie e igual valor sin valor nominal suscrito íntegramente en el acto de constitución a ser pagadas dentro del plazo de dos años desde fecha de escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 1° de abril de 2019.