MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad AC3 SpA

RUT 76338465-9 CVE 1578037
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2013

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2013
Notario
ALEX ARMANDO CONTRERAS ARDILES
Domicilio
certifica hoy ante mi: MIGUEL EUGENIO OJEDA PEDREROS y CYNTHIA IVETTE CASTILLO DIAZ

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEX ARMANDO CONTRERAS ARDILES, Notario Público Suplente, certifica hoy ante mi: MIGUEL EUGENIO OJEDA PEDREROS y CYNTHIA IVETTE CASTILLO DIAZ, todos en Pedro Antonio González número 0227, dpto. 44, Población Gran Vía, Antofagasta rectificaron y complementaron escritura de modificación de sociedad AC3 SPA, constituida en escritura pública Notario María Soledad Lascar Merino, 25/09/2013, inscrita a fojas 3130 N° 2021, Registro de Comercio, Antofagasta, publicada en el Diario Oficial 2/10/2013, dos de octubre del año dos mil trece Notario Elvira Brady Roche, 6/1/2003, i. MODIFICACIÓN, modifican el artículo 5° titulo 2° conforme artículo 427 y 428 Código de Comercio, Ley 19.499, por: El Capital sociedad es de $10.000.000, el dividido en 200 acciones ordinarias de igual valor, nominativas. El capital y valor de las acciones se modificarán de pleno derecho cada vez que Junta de Accionistas apruebe Balance de un Ejercicio, debiendo expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de distribución de la revalorización del capital propio. Derecho cada acción dará derecho a un voto. Derechos y obligaciones de cada acción del titular serán transferidos a quien las adquiere. Propiedad de una acción implica adhesión a estatutos y decisiones colectivas de accionistas. Accionistas constituyentes distribuyen un total de 100 acciones para cada uno equivalentes al 50% del capital social para cada uno de los socios, el que se encuentra pagado en su totalidad conforme da cuenta el acto constitutivo.- II. Se complementa: Poder Especial: Ambos socios facultan doña Carolina Andrea González Cerda, abogada a fin de que rectifique errores u omisiones en que se pudiera haber incurrido al momento de redactar el instrumento principal y/o esta rectificación que guarden relación con la sociedad AC3 S.P.A Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 9 de abril 2019.