INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA ARAYA, DIAZ Y SANDOVAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2019
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Ramón
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años, prorrogables por periodos iguales y sucesivos
Objeto social
La construcción, ejecución y mantención de todo tipo de edificios y obras civiles en general; centros médicos y centros de diálisis; ya sea por cuenta propia o de terceros, la compraventa, importación o distribución de las mismas; la administración, compraventa de insumos para la construcción, importación y exportación de materiales de construcción; manufacturas de prefabricados de estructuras metálicas, así como su fabricación, instalación o montaje de las mismas, sea por cuenta propia o de terceros; la contratación y ejecución de obras que implique faenas especializadas, contratando o subcontratando el personal y disponiendo del mismo para la ejecución de las obras; obras de mecánica industrial y la ideación de soluciones metálicas, así como el arriendo o ejecución de las mismas, incluyendo las maquinarias o personal para el efecto; la compra, venta y arrendamiento en general; la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y centros médicos y centro de diálisis, laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo
Administración
corresponderá a HECTOR ENRIQUE ARAYA ARELLANO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público de San Ramón, con asiento y oficio en Av. Santa Rosa N°7.955, Comuna de San Ramón, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 5 de Abril de 2019, ante mí, HECTOR ENRIQUE ARAYA ARELLANO, domiciliado en El Bambú N°18.748, comuna Maipú; AIDA DEL CARMEN DIAZ VERDUGO, domiciliada en El Bambú N°18.748, comuna Maipú; GRACIELA OLGA DIAZ VERDUGO, domiciliada en Avenida Centenario N°1.078, Dept. 1.201 A, comuna de San Miguel; ANA MARIA SANDOVAL BRAVO, domiciliada en Calbuco N°7.850, comuna de La Granja; RICARDO ANTONIO DIAZ SANDOVAL, domiciliado en Calbuco N°7.850, comuna de La Granja; y SEBASTIAN FELIPE DIAZ SANDOVAL, domiciliado en Calbuco N°7.850, comuna de La Granja, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada: Nombre o Razón Social: INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA ARAYA, DIAZ Y SANDOVAL LIMITADA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de que puedan establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La construcción, ejecución y mantención de todo tipo de edificios y obras civiles en general; centros médicos y centros de diálisis; ya sea por cuenta propia o de terceros, la compraventa, importación o distribución de las mismas; la administración, compraventa de insumos para la construcción, importación y exportación de materiales de construcción; manufacturas de prefabricados de estructuras metálicas, así como su fabricación, instalación o montaje de las mismas, sea por cuenta propia o de terceros; la contratación y ejecución de obras que implique faenas especializadas, contratando o subcontratando el personal y disponiendo del mismo para la ejecución de las obras; obras de mecánica industrial y la ideación de soluciones metálicas, así como el arriendo o ejecución de las mismas, incluyendo las maquinarias o personal para el efecto; la compra, venta y arrendamiento en general; la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y centros médicos y centro de diálisis, laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Capital: $5.000.000, aportados por los socios de la siguiente forma: a) Héctor Enrique Araya Arellano, la suma de $1.000.000, al contado e ingresados a caja social, que corresponde al 20% de los derechos sociales; b) Aida del Carmen Díaz Verdugo, la suma de $1.000.000, al contado e ingresados a caja social, que corresponde al 20% de los derechos sociales; c) Graciela Olga Díaz Verdugo, la suma de $1.000.000, al contado e ingresados a caja social, que corresponde al 20% de los derechos sociales; d) Ana María Sandoval Bravo, la suma de $700.000, al contado e ingresados a caja social, que corresponde al 14% de los derechos sociales; e) Ricardo Antonio Díaz Sandoval, la suma de $650.000, al contado e ingresados a caja social, que corresponde al 13% de los derechos sociales; f) Sebastián Felipe Díaz Sandoval, la suma de $650.000, al contado e ingresados a caja social, que corresponde al 13% de los derechos sociales. Duración: 5 años, prorrogables por periodos iguales y sucesivos. Administración: corresponderá a HECTOR ENRIQUE ARAYA ARELLANO. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 16 de Abril de 2019.-