MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMPAÑÍA BARRICK CHILE GENERACIÓN LIMITADA

RUT 96576920-K CVE 1577882
Capital
$3.379 CLP
Fecha instrumento
25 de marzo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de marzo de 2019
Repertorio
3492-2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.379 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la parte de la provincia de Santiago sobre la que tiene jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
Duración
La Sociedad existe desde el seis de abril de mil novecientos noventa y tendrá una duración de diez años contados desde la fecha de la transformación de la Sociedad efectuada mediante escritura pública de fecha seis de marzo de dos mil, plazo que se prorrogará, en forma automática, por periodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los accionistas manifiesta su voluntad en contrario mediante una declaración hecha por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo; todo ello con seis meses de anticipación a lo menos al vencimiento del plazo convenido en esta cláusula o de la prórroga que se encuentre vigente. Demás modificaciones y/o estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto.Se facultó al portador de copia autorizada de la antedicha escritura o de un extracto autorizado de la misma para su legalización

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: /a) la prestación de todo tipo de servicios de asistencia técnica y de ingeniería, incluyendo la realización de estudios de ingeniería básica, de detalle y de construcción, estudios geológicos y la preparación de estudios de factibilidad de proyectos mineros; /b) asistencia en la constitución de propiedad minera y la obtención de concesiones mineras y de aguas; c) la prestación de servicios de apoyo a sociedades mineras, ya relacionadas o no, incluyendo asesoría administrativa, financiera, contable, legal y en materia de recursos humanos; d) la participación como accionista o socio en sociedades mineras; /e) la realización de todo tipo de actividades mineras, relacionadas con la exploración y prospección de yacimientos propios o ajenos, y su preparación; trabajos de ingeniería y estudios geológicos complementarios y preparación de estudios de prefactibilidad y factibilidad de proyectos mineros propios o ajenos; y la constitución y obtención para sí de propiedades mineras y todo tipo de concesiones mineras y de aguas; /f) la explotación de pertenencias mineras propias o ajenas, ya directamente o en asociación con terceros, y el estudio, prospección, desarrollo, preparación, extracción, explotación, beneficio, producción, comercialización de minerales, concentrados, precipitados de minerales metálicos en cualquiera de sus formas, subproductos, metales y sustancias no metálicas que se obtengan en la explotación de pertenencias mineras. Dentro de este objeto, podrá adquirir la propiedad, posesión o tenencia de bienes raíces urbanos y rurales y bienes muebles; construir, operar, administrar, explotar o prestar servicios de todo tipo a plantas de beneficio, concentración, fundición y refinación; y realizar toda clase de actos, contratos o negociaciones relacionadas directa o indirectamente con todo lo anterior; y /g) otras actividades complementarias a las ya mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de uso y goce, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines señalados, al desarrollo de su actividad, comercio o negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
COMPAÑÍA BARRICK CHILE GENERACIÓN LIMITADA socio 96576920-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con domicilio en Agustinas N° 1161, entrepiso, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 18de marzo de 2019,Repertorio N°3.492-2019,otorgada ante mí, PLACER DOME AU FOND (CAYMAN) LIMITED y PDG INVESTMENTS (CAYMAN) LIMITED, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Ricardo Lyon 222, piso 9, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y exclusivos socios de COMPAÑÍA BARRICK CHILE GENERACIÓN LIMITADA, RUT N° 96.576.920-K, inscrita a fojas9.816 número 4.960 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1990 (la “Sociedad”), la modificaron en el sentido de cambiarla especie o tipo social, transformándola de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones. Razón Social: La Sociedad operará bajo la razón social de “COMPAÑÍA BARRICK CHILE GENERACIÓN SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: /a/ la prestación de todo tipo de servicios de asistencia técnica y de ingeniería, incluyendo la realización de estudios de ingeniería básica, de detalle y de construcción, estudios geológicos y la preparación de estudios de factibilidad de proyectos mineros; /b/ asistencia en la constitución de propiedad minera y la obtención de concesiones mineras y de aguas; c) la prestación de servicios de apoyo a sociedades mineras, ya relacionadas o no, incluyendo asesoría administrativa, financiera, contable, legal y en materia de recursos humanos; d) la participación como accionista o socio en sociedades mineras; /e/ la realización de todo tipo de actividades mineras, relacionadas con la exploración y prospección de yacimientos propios o ajenos, y su preparación; trabajos de ingeniería y estudios geológicos complementarios y preparación de estudios de prefactibilidad y factibilidad de proyectos mineros propios o ajenos; y la constitución y obtención para sí de propiedades mineras y todo tipo de concesiones mineras y de aguas; /f/ la explotación de pertenencias mineras propias o ajenas, ya directamente o en asociación con terceros, y el estudio, prospección, desarrollo, preparación, extracción, explotación, beneficio, producción, comercialización de minerales, concentrados, precipitados de minerales metálicos en cualquiera de sus formas, subproductos, metales y sustancias no metálicas que se obtengan en la explotación de pertenencias mineras. Dentro de este objeto, podrá adquirir la propiedad, posesión o tenencia de bienes raíces urbanos y rurales y bienes muebles; construir, operar, administrar, explotar o prestar servicios de todo tipo a plantas de beneficio, concentración, fundición y refinación; y realizar toda clase de actos, contratos o negociaciones relacionadas directa o indirectamente con todo lo anterior; y /g/ otras actividades complementarias a las ya mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de uso y goce, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines señalados, al desarrollo de su actividad, comercio o negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $3.379.538 Dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 3.379.538 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la parte de la provincia de Santiago sobre la que tiene jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: La Sociedad existe desde el seis de abril de mil novecientos noventa y tendrá una duración de diez años contados desde la fecha de la transformación de la Sociedad efectuada mediante escritura pública de fecha seis de marzo de dos mil, plazo que se prorrogará, en forma automática, por periodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los accionistas manifiesta su voluntad en contrario mediante una declaración hecha por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo; todo ello con seis meses de anticipación a lo menos al vencimiento del plazo convenido en esta cláusula o de la prórroga que se encuentre vigente. Demás modificaciones y/o estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto.Se facultó al portador de copia autorizada de la antedicha escritura o de un extracto autorizado de la misma para su legalización.Santiago,25 de marzo de 2019. MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ.