MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Barrick Servicios Mineros Limitada

RUT 95383000-0 CVE 1577837
Capital
$218.030 CLP
Fecha instrumento
25 de marzo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de marzo de 2019
Repertorio
3491-2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$218.030 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero
Duración
La Sociedad tendrá una duración de veinte años a contar de la fecha de transformación de la sociedad, efectuada mediante escritura pública de fecha quince de diciembre de dos mil nueve, y se renovará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno de los accionistas manifieste su voluntad de disolverla por cumplimiento del plazo pactado para su duración o periodo que esté corriendo, por escritura pública extendida y anotada al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses al respectivo vencimiento. Demás modificaciones y/o estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto.Se facultó al portador de copia autorizada de la antedicha escritura o de un extracto autorizado de la misma para su legalización

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) El transporte terrestre, de carga, tanto nacional como internacional, ya sea por cuenta propia o ajena; b) El transporte aéreo de carga, pasajeros, servicios de fletamento y transporte intermodal, tanto nacional como internacional, ya sea por cuenta propia o ajena; c) otros servicios o actividades que acuerden los

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
BARRICK SERVICIOS MINEROS LIMITADA socio 95383000-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con domicilio en Agustinas N° 1161, entrepiso, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 18de marzo de 2019,Repertorio N°3.491-2019,otorgada ante mí, INVERSIONES BARRICK CONOSUR LIMITADA y COMPAÑÍA MINERA ZALDIVAR LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Ricardo Lyon 222, piso 9, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y exclusivos socios de BARRICK SERVICIOS MINEROS LIMITADA, RUT N° 95.383.000-0, inscrita a fojas8.671 número 6.008 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2010 (la “Sociedad”), la modificaron en el sentido de cambiarla especie o tipo social, transformándola de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones. Razón Social: La Sociedad operará bajo la razón social de “BARRICK SERVICIOS MINEROS SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) El transporte terrestre, de carga, tanto nacional como internacional, ya sea por cuenta propia o ajena; b) El transporte aéreo de carga, pasajeros, servicios de fletamento y transporte intermodal, tanto nacional como internacional, ya sea por cuenta propia o ajena; c) otros servicios o actividades que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y negocios conducentes a la realización de su giro. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $218.030.590 Dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 218.030.590acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La Sociedad tendrá una duración de veinte años a contar de la fecha de transformación de la sociedad, efectuada mediante escritura pública de fecha quince de diciembre de dos mil nueve, y se renovará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno de los accionistas manifieste su voluntad de disolverla por cumplimiento del plazo pactado para su duración o periodo que esté corriendo, por escritura pública extendida y anotada al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses al respectivo vencimiento. Demás modificaciones y/o estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto.Se facultó al portador de copia autorizada de la antedicha escritura o de un extracto autorizado de la misma para su legalización.Santiago,25 de marzo de 2019. MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ.