Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2019
- Repertorio
- 69-2019
- Notario
- RODRIGO ROJAS CASTILLO
- Domicilio
- Chaitén
Sociedad
- Domicilio
- Chaitén
- Duración
- La vigencia de la sociedad es de cinco años a contar de la fecha de esta escritura y podrá prorrogarse por períodos iguales y sucesivos, automáticamente, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de no perseverar en ella por un nuevo período. Esta manifestación debe hacerse por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, todo lo cual debe efectuarse a lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del periodo de duración de la sociedad que se encuentre en
Objeto social
Será: la explotación del turismo en todas sus formas, incluyendo la prestación de servicios, por cuenta propia o de terceros, en hotelería, agencias de viajes, arriendo de vehículos, de bicicletas y de artículos deportivos; transporte de turistas, giras, turismo rural, excursiones, avistamiento de aves, servicios de guías de turismo y traductores, apoyo logístico; la enseñanza de idiomas y la participación en programas de organismos técnicos de capacitación; la carga, fletes y transporte de carga y pasajeros en forma aérea, marítima, lacustre o fluvial; y en general, cualquier otra actividad similar, conexa, derivada o diversa a las anteriores, conducente o conveniente al incremento de los negocios de la sociedad.-Administración: Administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualesquiera de ambos socios GUILLERMO ANTONIO VILLAGRAN VILLAGRAN y DORIS MARIANA ZURITA MUÑOZ, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y sin que la enunciación sea taxativa
Administración
Administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualesquiera de ambos socios GUILLERMO ANTONIO VILLAGRAN VILLAGRAN y DORIS MARIANA ZURITA MUÑOZ, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y sin que la enunciación sea taxativa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ROJAS CASTILLO, Abogado, Notario Público Titular de Chaitén, con Oficio Almirante Riveros 265, Certifico: Por Escritura Pública, ante mí, de fecha 18 de Marzo 2019, repertorio N° 69-2019, GUILLERMO ANTONIO VILLAGRAN VILLAGRAN, constituyeron SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Razón Social: “VILLA ZUR LIMITADA” podrá funcionar y actuar en instituciones bancarias, nacionales o extranjeras, financieras, servicios de Aduanas, tesorerías, del trabajo, Banco Central y en general, con cualquier servicio, institución, Repartición o Empresa Pública o Privada, nacional o extranjera, con abreviación “VILLA ZUR LTDA.” Domicilio: Chaitén, sin perjuicio establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o extranjero. Objeto: Será: la explotación del turismo en todas sus formas, incluyendo la prestación de servicios, por cuenta propia o de terceros, en hotelería, agencias de viajes, arriendo de vehículos, de bicicletas y de artículos deportivos; transporte de turistas, giras, turismo rural, excursiones, avistamiento de aves, servicios de guías de turismo y traductores, apoyo logístico; la enseñanza de idiomas y la participación en programas de organismos técnicos de capacitación; la carga, fletes y transporte de carga y pasajeros en forma aérea, marítima, lacustre o fluvial; y en general, cualquier otra actividad similar, conexa, derivada o diversa a las anteriores, conducente o conveniente al incremento de los negocios de la sociedad.-Administración: Administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualesquiera de ambos socios GUILLERMO ANTONIO VILLAGRAN VILLAGRAN y DORIS MARIANA ZURITA MUÑOZ, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y sin que la enunciación sea taxativa.- Capital. El capital de la sociedad es de DOS MILLONES DE PESOS aportados por los socios por mitades que enteran en dinero efectivo, en este acto y que ingresan a las arcas sociales quedando así totalmente enterado el aporte al capital social por ambos socios.- Vigencia: La vigencia de la sociedad es de cinco años a contar de la fecha de esta escritura y podrá prorrogarse por períodos iguales y sucesivos, automáticamente, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de no perseverar en ella por un nuevo período. Esta manifestación debe hacerse por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, todo lo cual debe efectuarse a lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del periodo de duración de la sociedad que se encuentre en vigencia.- Demas estipulaciones constan en Escritura extractada.- Chaitén, 12 de Abril 2019.