MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD CONSTRUCTORA SAN MATEO LIMITADA

RUT 76198966-9 CVE 1576806
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de abril de 2019

Instrumento

Fecha
5 de abril de 2019
Notario
LUÍS ÁLVAREZ DÍAZ
Domicilio
Chillán

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUÍS ÁLVAREZ DÍAZ, Notario Público Titular de Chillán, El Roble 515, Chillán, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de Abril de 2019, ante mí: doña YOLANDA ELIZABEHT GONZALEZ SUAZO, chilena, contadora, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad 12.968.850-5, domiciliada en calle Antártica Chilena nº 950, Chillán, doña Margarita Ester Celedón Aravena, chilena, secretaria administrativa, casada, cédula de identidad nº13.376.133-0, con domicilio en sector El Manzano s, comuna de San Nicolás acordaron modificar la Sociedad Constructora San Mateo limitada, Rut 76.198.966-9, capital inicial de $1.000.000, inscrita a fojas 102 vuelta, nº 135, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2012, en el siguiente sentido: Doña Yolanda Elizabeth González Suazo, dueña del 98% del capital social, vende, cede y transfiere a don Mario Andrés Canales Fuenzalida, chileno, Ingeniero Constructor, casado, separado totalmente de bienes, cédula de identidad nº12.048.649-7, con domicilio en calle Antártica Chilena nº 950, Chillán, quien compra, acepta y adquiere para sí el 48% de los derechos sociales que le pertenecen a doña Yolanda Elizabeth González Suazo. Precio: $1.500.000, pagados de contado, en dinero en efectivo, por el mismo acto doña Margarita Ester Celedón Aravena, vende, cede y transfiere a don Mario Andrés Canales Fuenzalida, ya individualizado, sus derechos sociales correspondientes a un 2%, quien compra, acepta adquiere para sí. Precio: $150.000, pagados al contado, en dinero efectivo, declarando la cedente haber recibido a su entera satisfacción. De lo anterior resulta que doña Margarita Ester Celedón Aravena se retira de la sociedad y la sociedad Constructora San Mateo Limitada pasa a estar compuesta por los siguientes socios: Yolanda Elizabeth González Suazo, con un 50% sobre el capital social y don Mario Andrés Canales Fuenzalida, con un 50% del capital social, distribuyéndose las ganancias y pérdidas de acuerdo al porcentaje de sus aportes. Consecuencia de lo anterior, se modifica la cláusula SEXTA del estatuto constitutivo original, contenido en la escritura pública de fecha ocho de febrero de año dos mil doce, reemplazándola por la siguiente: SEXTO: El capital de la sociedad es UN MILLON DE PESOS, que se aporta de la siguiente manera: A) La socia Yolanda Elizabeth González Suazo, aporta la suma de quinientos mil pesos, los que son enterados en efectivo en la caja social en este acto, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales (50%), B) El socio Mario Andrés Canales Fuenzalida, aporta la suma de quinientos mil pesos, enterados en este acto en la caja social, en dinero efectivo, correspondiente al cincuenta por ciento (50%) de los derechos sociales. De esta forma queda totalmente enterado y pagado el capital social. Los nuevos socios ratifican la cláusula QUINTA del pacto constitutivo en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social pertenece en forma única e individual a la socia Yolanda Elizabeth González Suazo. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Chillán, 10 de Abril de 2019.