CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Gallegos & Asociados SpA

CVE 1576927
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
8 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2019
Notario
MARGARITA MORENO ZAMORANO
Oficio
Titular de la 27 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago

Objeto social

(i) la asesoría jurídica, incluyendo todo tipo de servicios profesionales relativos o complementarios al ejercicio de la profesión de abogado, así como prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras, comunicacionales y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y (ii) la realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como también la administración de dichas inversiones y sus frutos. Se deja constancia, que la Sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o a través de terceros, ya sea por cuenta propia o ajena. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Solo los accionistas de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, Notario Público, Suplente del Titular de la 27 Notaría de Santiago, don Eduardo Avello Concha, con oficio en Orrego Luco N°0153, Providencia, certifico que por escritura pública de fecha de hoy ante mí, Diego Gallegos Vallejos, constituyó sociedad por acciones: Nombre: “Gallegos & Asociados SpA” Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago. Objeto: (i) la asesoría jurídica, incluyendo todo tipo de servicios profesionales relativos o complementarios al ejercicio de la profesión de abogado, así como prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras, comunicacionales y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y (ii) la realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como también la administración de dichas inversiones y sus frutos. Se deja constancia, que la Sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o a través de terceros, ya sea por cuenta propia o ajena. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Solo los accionistas de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Capital: $10.000.000 (diez millones de pesos) dividido y representado en mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de abril de 2019.