DL CONSULTORES SOCIEDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de abril de 2019
- Repertorio
- 13182
- Notario
- PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL
- Oficio
- 19 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Será, para todos los efectos legales la ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años, prorrogables
Objeto social
La sociedad será de carácter civil y tendrá por objeto principal la prestación de servicios profesionales a empresas. A tal efecto, podrá realizar toda clase de negocios jurídicos, podrá asociarse con otras personas naturales o jurídicas, profesionales, sociedades o firmas de profesionales, nacionales o extranjeras, de objeto similar o podrá constituirse en corresponsal de las mismas. Del mismo modo, prestará toda clase de servicios profesionales de asesoramiento empresarial en materias de gestión, financieras, tributarias, actividades o negocios mineros y de sustentabilidad, facilitar procesos de innovación, desarrollar actividades de coaching o cursos de capacitación a requerimiento, individuales o grupales, orientados al desarrollo de habilidades estratégicas, de liderazgo, trabajo en equipo y la gestión del equilibrio a nivel personal, ejecutivo y organizacional en el ámbito de la gestión empresarial y de recursos humanos, como, asimismo, cualquier otra actividad profesional que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular de la 19 Notaria de Santiago, con Oficio en calle Bandera Nº 341, Oficina 352, certifica: Que por escritura pública de fecha 12 de abril de 2019, Repertorio N° 13182, ante mí, doña DANIELA LORETO LOBATO SALINAS, domiciliado en Calle Tarapacá n° 890, departamento 2401, comuna de Santiago; y don ARCHIVALDO ADRIAN AMBLER HINOJOSA, domiciliado en Calle Tarapacá n° 890, departamento 2401, comuna de Santiago; constituyeron una sociedad de profesionales de responsabilidad limitada.- Razón Social: “DL CONSULTORES SOCIEDAD LIMITADA”, pudiendo actuar, ante los bancos, entidades financieras, Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía “DL CONSULTORES LTDA.”.- Objeto: La sociedad será de carácter civil y tendrá por objeto principal la prestación de servicios profesionales a empresas. A tal efecto, podrá realizar toda clase de negocios jurídicos, podrá asociarse con otras personas naturales o jurídicas, profesionales, sociedades o firmas de profesionales, nacionales o extranjeras, de objeto similar o podrá constituirse en corresponsal de las mismas. Del mismo modo, prestará toda clase de servicios profesionales de asesoramiento empresarial en materias de gestión, financieras, tributarias, actividades o negocios mineros y de sustentabilidad, facilitar procesos de innovación, desarrollar actividades de coaching o cursos de capacitación a requerimiento, individuales o grupales, orientados al desarrollo de habilidades estratégicas, de liderazgo, trabajo en equipo y la gestión del equilibrio a nivel personal, ejecutivo y organizacional en el ámbito de la gestión empresarial y de recursos humanos, como, asimismo, cualquier otra actividad profesional que acuerden los socios.- Administración, representación y uso razón social: corresponderá indistintamente a ambos socios, quienes anteponiendo la razón social a su firma, representarán con las más amplias facultades indicadas en la escritura extractada.- Capital: $2.000.000, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: doña DANIELA LORETO LOBATO SALINAS la suma de $1.000.000, correspondiente al 50% del capital social, ingresando en este acto $300.000 al contado y en dinero efectivo en la caja social; don ARCHIVALDO ADRIAN AMBLER HINOJOSA la suma de $1.000.000, correspondiente al 50% del capital social, ingresando en este acto $300.000 al contado y en dinero efectivo en la caja social. El saldo del aporte lo enterarán dentro del plazo de tres años.- Responsabilidad socios queda limitado al monto de sus respectivos aportes.- Duración: 5 años, prorrogables, sin perjuicio de que socios puedan manifestar voluntad de ponerle término por escritura pública inscrita al margen de la inscripción de la sociedad.- Domicilio: Será, para todos los efectos legales la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de Abril de 2019. PEDRO R. REVECO H.