CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ATTORNEY & ACCOUNTANT SpA

CVE 1577024
Fecha instrumento
12 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2019
Repertorio
11002
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 12 de abril de 2019, Repertorio N° 11.002, ante mí: ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA FERNANDA SpA, ASESORÍAS Y INVERSIONES MBA SpA, ASESORÍAS E INVERSIONES ÍCARO LIMITADA y ASESORÍAS Y RENTAS SAN ALFONSO SpA, constituyeron la sociedad denominada ATTORNEY & ACCOUNTANT SpA, pudiendo actuar, inclusive ante los Bancos e Instituciones, con el nombre de fantasía de “ATAC SpA”. Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. El objeto de la sociedad es: a) la prestación de servicios, asesorías y consultoría en materias tributarias, contables y financieras; b) la prestación de asesorías y servicios jurídicos; y c) la inversión en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, bonos, debentures, pagarés, opciones y otros instrumentos financieros o comerciales, su administración y la percepción de las rentas que de ello deriven. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá constituir por si sola o junto a otras personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, sociedades de cualquier tipo o naturaleza, y en el desarrollo de sus actividades, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, y ya sea a su propio nombre o al de sus mandantes. El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, dividido en quinientas mil acciones iguales, de una misma serie, y sin valor nominal, las que encuentran íntegramente suscritas y pagadas en el acto, de contado y en dinero efectivo, según se indica en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de abril de 2019.