MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGF QUALITY SpA

RUT 76879601-7 CVE 1577336
Fecha instrumento
10 de abril de 2019
Notaría
Pública de

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2019
Notario
GASTON ALVARO ARANIS QUIROZ
Domicilio
Concepción
Comuna
Pública de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTON ALVARO ARANIS QUIROZ, Notario Público de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins número quinientos veintiocho, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, certifica: por escritura pública de 10 abril 2019, ante Notario Titular Juan Espinosa Bancalari, bajo el repertorio número 2.402, ALEX AMIN GALLARDO FERRADA, chileno, divorciado, Ingeniero de Ejecución Industrial, Rut.:12.382.399-0, domiciliado Población Valle Santa María, Avenida Santa Maria número siete mil quinientos cincuenta, departamento F trescientos dos, Hualpén, y SANDRA IVETT RIVERA CABRERA, chilena, soltera, comerciante, Rut.:10.021.151-3, domiciliada Avenida Los Copihues N°302, Villa Los Boldos, Hualpén vienen en modificar la sociedad “AGF QUALITY SPA” o “AGF QUALITY”, en siguiente sentido: PRIMERO: Que ALEX AMIN GALLARDO FERRADA, es único socio de sociedad “AGF QUALITY SPA” o “AGF QUALITY”, Rut.: 76.879.601-7, constituida por escritura pública de 29 de mayo año 2018, ante Notario Público de 42° Notaría Pública de Santiago, comuna Santiago, Región Metropolitana, don Alvaro González Salinas, extracto inscrito a fojas 39855 N°20916 del Registro Comercio Santiago, Conservador Bienes Raíces de Santiago año 2018, publicado Diario Oficial del 31 de mayo año 2018, CVE 1407098, edición N°42070. SEGUNDO: Que, por este acto, ALEX AMIN GALLARDO FERRADA cede y transfiere el 90% de totalidad de sus derechos, acciones y participación en sociedad equivalente al 90% por concepto de dación en pago equivalente a 900 acciones a SANDRA IVETT RIVERA CABRERA, en condiciones estipuladas en escritura extractada.- precio cesion $900.000, que se paga en el acto.- TERCERO: Quedan como únicos socios de sociedad “AGF QUALITY SPA” o “AGF QUALITY”, don ALEX AMIN GALLARDO FERRADA y doña SANDRA IVETT RIVERA CABRERA. en porcentajes y forma señalados en escritura extractada. CUARTO: Las partes limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. QUINTO: Que, los socios actuales, de común acuerdo modifican escritura social referida en siguientes términos: a) La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio, ALEX AMIN GALLARDO FERRADA, quien actuando por sociedad obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, y en especial y sin necesidad de acreditar si ellos corresponden al giro social, los señalados expresamente en escritura extractada; b) Las utilidades y/o pérdidas, se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes; c) Las dificultades o controversias que pudieran producirse entre socios y entre cualquiera de ellos y sociedad, se resolverán conforme se indica en escritura extractada. d) En caso de fallecimiento de cualesquiera de los socios, la sociedad se liquidará mediante arbitro arbitrador designado según escritura extractada. e) Clausula prohibitiva de venta de acciones: Los socios comparecientes estipulan la prohibición de la venta de sus acciones a terceros no socios de la sociedad, en la forma y condiciones estipuladas en escritura extractada. SEXTO: En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones establecidas en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 15 abril 2019.-