MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL TOLEDO CARO SpA

RUT 76483511-5 CVE 1576673
Capital
$13.000 CLP
Fecha instrumento
5 de abril de 2019

Instrumento

Fecha
5 de abril de 2019
Repertorio
2179/19
Notario
CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$13.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
LAURA ESTER TOLEDO CARO socio 13579891-6
MARÍA ELISA VALDÉS PINTO socio 7738899-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en O’Higgins Nº820, certifico: Que por escritura pública de fecha 05 de Abril de 2019, ante mi suplente don Ignacio José Sapiaín Martínez, Repertorio Nº2179/19, LAURA ESTER TOLEDO CARO, chilena, divorciada, comerciante, CNI y RUT N°13.579.891-6, domiciliada en Tarragona Norte N°1974, Conjunto Habitacional Valle Noble, de Concepción; y MARÍA ELISA VALDÉS PINTO, chilena, soltera, contadora, CNI y RUT N°7.738.899-0, domiciliada en Población Lan C, pasaje Contulmo N°341, de Hualpén, modificaron sociedad por acciones “SOCIEDAD COMERCIAL TOLEDO CARO SpA”, empresa del giro panadería y venta de productos alimenticios, RUT 76.483.511-5, ambos con domicilio, para estos efectos, en calle O´Higgins N°1177, comuna de Concepción, sociedad transformada por escritura pública de fecha 09 de Agosto de 2018, otorgada ante Notario Público de Concepción Carlos Miranda Jiménez, cuyo extracto se publicó en Diario Oficial de 16 de Agosto de 2018 y se inscribió a Fojas 1793v Nº1366 del Registro de Comercio de Concepción, correspondiente al año 2018, reemplazando el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: ”ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de $13.000.000 dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, sin privilegio alguno. La constituyente ha suscrito y pagado la totalidad de las acciones, el que se encuentra enterado en la caja social. Las acciones se emitirán sin imprimir láminas físicas de los títulos.-“. En lo no modificado, rige íntegramente la escritura pública otorgada al constituirse como sociedad por acciones.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó para inscribir. CONCEPCIÓN, 12 de Abril de 2019.