CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

L & L INVERSIONES SpA

CVE 1576355
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2019
Repertorio
10724-2019
Notario
Andrés Felipe Rieutord Alvarado
Oficio
Trigésima Sexta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

a) La adquisición, compra, venta, enajenación, loteo, explotación, desarrollo, arrendamiento, subarrendamiento en cualquier forma, de toda clase de bienes inmuebles o derechos sobre ellos, sean rústicos o urbanos, en Chile o en el extranjero, sea por cuenta propia o de terceros, así como el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, loteos, y en general, la explotación y administración directa de dichas inversiones o negocios en el área de bienes inmuebles. b) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales, técnicos, administrativos, comerciales y financieros asociados a proyectos de todo tipo, sean de la Compañía o de terceros. Formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione con la gestión y)o desarrollo inmobiliario o en alguna forma con el presente giro o sea accesorio a su realización. Todo lo anterior por cuenta propia o ajena. c) La inversión, explotación, desarrollo y arrendamiento de inmuebles, rústicos o urbanos, sea por cuenta propia o de terceros, sean amoblados o no, por periodos breves o a largo plazo, y la participación como mandante en tales actividades. d) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, opciones de acciones u otros valores, fondos mutuos locales o extranjeros, futuros, derivados, bonos, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios cualquiera sea el emisor o el mercado donde se transen. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de sus fondos disponibles, todo conforme acuerden los accionistas o administradores de la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Felipe Rieutord Alvarado, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de abril de 2019, Repertorio N°10.724-2019, ante mí, don Juan Pablo García Holtz, con domicilio en Avenida Nueva Costanera 4229, oficina 206, comuna de Vitacura, Santiago, constituyó una sociedad por acciones de cuyos Estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “L & L INVERSIONES SpA”, pudiendo también actuar ante cualquier tercero, incluso bancos e instituciones públicas, y para fines publicitarios, de propaganda u otros, la sigla comercial o nombre de fantasía “L & L Inversiones” o “L&L”.- Objeto: a) La adquisición, compra, venta, enajenación, loteo, explotación, desarrollo, arrendamiento, subarrendamiento en cualquier forma, de toda clase de bienes inmuebles o derechos sobre ellos, sean rústicos o urbanos, en Chile o en el extranjero, sea por cuenta propia o de terceros, así como el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, loteos, y en general, la explotación y administración directa de dichas inversiones o negocios en el área de bienes inmuebles. b) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales, técnicos, administrativos, comerciales y financieros asociados a proyectos de todo tipo, sean de la Compañía o de terceros. Formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione con la gestión y/o desarrollo inmobiliario o en alguna forma con el presente giro o sea accesorio a su realización. Todo lo anterior por cuenta propia o ajena. c) La inversión, explotación, desarrollo y arrendamiento de inmuebles, rústicos o urbanos, sea por cuenta propia o de terceros, sean amoblados o no, por periodos breves o a largo plazo, y la participación como mandante en tales actividades. d) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, opciones de acciones u otros valores, fondos mutuos locales o extranjeros, futuros, derivados, bonos, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios cualquiera sea el emisor o el mercado donde se transen. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de sus fondos disponibles, todo conforme acuerden los accionistas o administradores de la Sociedad.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito en el acto de constitución y pagadero en el plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 12 de abril de 2019.