CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL CARLA FUENTES E.I.R.L.

CVE 1576176
Capital
$18.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2019
Notario
ALEJANDRA LOYOLA OJEDA
Domicilio
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
COMERCIAL CAFU;
Capital
$18.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

la inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en Chile o en el exterior; la producción, compra, venta, importación, exportación, distribución y transporte de todo tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, materiales e inmateriales y, en especial, de frutos del país y cualquier otra actividad que tenga relación con el objeto social y que el constituyente determine;

Administración

corresponderá al constituyente con las más amplias facultades;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA LOYOLA OJEDA, Notario Público Suplente de OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Titular 31. Notaria Santiago, Huérfanos 1055, local 328, certifica: Por escritura de fecha 30 de enero de 2019, ante dicha titular: CARLA ANDREA FUENTES CORREA, empleada, domicilio en calle San Pablo número cuatro mil ciento treinta y cinco, departamento número setecientos cuatro, Edificio Parque Lourdes, comuna de Quinta Normal, 47 años de edad, viene en formar una E.I.R.L.; Razón social: COMERCIAL CARLA FUENTES E.I.R.L.; Nombre de fantasía: COMERCIAL CAFU; Objeto: la inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en Chile o en el exterior; la producción, compra, venta, importación, exportación, distribución y transporte de todo tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, materiales e inmateriales y, en especial, de frutos del país y cualquier otra actividad que tenga relación con el objeto social y que el constituyente determine; Domicilio: Santiago; Capital: $18.000.000.- aportado en bienes individualizados en escritura extractada.- La responsabilidad de la constituyente queda limitada al monto de su respectivo aporte a la EIRL; Administración: corresponderá al constituyente con las más amplias facultades; Duración: indefinida.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 4 de febrero de 2019.