MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MAIPOSALUD LIMITADA

RUT 76089550-4 CVE 1575969
Fecha instrumento
15 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de febrero de 2019
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ Abogado
Oficio
Notaría 49º de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ Abogado, Notario Público Titular de la Notaría 49º de Santiago, con oficio en Paseo Phillips 451, of 1905, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 15 de Febrero 2019 y ante su titular comparecen: HERMOSINO ALEJANDRO REVECO GAETE, chileno, soltero empresario, cédula nacional de identidad número once millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil setecientos noventa y ocho guion seis, domiciliado en Toesca número dos mil dos departamento setecientos cuatro, comuna de Santiago, Región Metropolitana, doña ANDREA DEL PILAR REVECO MORAGA, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos un mil cuarenta y seis guion tres, domiciliada en Los Castaños número tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco departamento trescientos dos, comuna de San Miguel, de paso en esta ciudad de Santiago, Región Metropolitana, don ESTEBAN ALEJADRO RIVEROS MORALES, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y ocho guion k, domiciliado en Magdalena Vicuña número mil cuatrocientos cincuenta, departamento mil cuatrocientos once, comuna de San Miguel, de paso en esta ciudad de Santiago, Región Metropolitana, don MATIA NICOLAS REVECO ARAYA, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuatrocientos setenta y un mil ochenta y seis guion cuatro, domiciliado en calle Volcán Hudson número cero trescientos veintitrés, villa Las Cadenas comuna de Talagante, de paso en esta ciudad de Santiago, Región Metropolitana todos los comparecientes mayores de edad y que acreditan sus identidades con las cédulas precedentemente indicadas, presentes en este acto, EXPONEN: Don HERMOSINO ALEJANDRO REVECO GAETE , doña ANDREA DEL PILAR REVECO MORAGA, don ESTEBAN ALEJADRO RIVEROS MORALES y don MATIA NICOLAS REVECO ARAYA, son los únicos socios de la sociedad “MAIPOSALUD LIMITADA”. La sociedad “MAIPOSALUD LIMITADA” se constituyó por escritura pública con fecha dos de abril del año dos mil cuatro, otorgada ante Notario Público don Eduardo Avello Concha titular de la Vigésima séptima Notaria de Santiago con oficio en Orrego Luco cero cincuenta y tres, comuna de Providencia. El extracto se encuentra inscrito a fojas cuarenta número treinta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante, correspondiente al año dos mil cuatro y publicada en el diario oficial con fecha veintiuno de Abril del año dos mil cuatro. Dicha Sociedad fue modificada con fecha veintinueve de diciembre del año dos mil catorce otorgada ante don Hernán Cuadra Gazmuri, titular de la primera Notaria de Santiago con oficio en calle Huerfanos número mil ciento sesenta, oficina ciento uno y ciento dos, comuna de Santiago. El extracto se encuentra inscrito a fojas doce número seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante, correspondiente al año dos mil quince y publicada en el diario oficial con fecha veintitrés de enero del año dos mil quince. Por último la sociedad fue modificada con fecha dieciséis de septiembre del año dos mil dieciséis ante doña Maria Mercedes Barrientos, Notario suplente de Enrique Tornero Figueroa, abogado Notario Público titular de la Cuadragésima Novena Notaria de Santiago. El extracto se encuentra inscrito a fojas doscientos sesenta número ciento veinte del año dos mil dieciséis y publicado en el diario oficial con fecha dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis. A la fecha la sociedad no ha sido modificada. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: los actuales socios vienen en modificar el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos de la sociedad en atención a señalar que la administración y el uso de la razón social corresponderá a HERMOSINO ALEJANDRO REVECO GAETE y doña ANDREA DEL PILAR REVECO MORAGA quienes de manera conjunta y anteponiendo a las firmas la razón social representarán a la sociedad y la obligarán con todas las facultades señaladas en el pacto social original. En todo lo no modificado rigen los estatutos originarios.- Santiago 15 de febrero 2019.