MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECK – UP SpA

RUT 76392595-1 CVE 1575695
Fecha instrumento
9 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2019
Notario
MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
Por tanto quedará de la siguiente forma: “TITULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y
Duración
ARTICULO PRMERO: El nombre o razón social de la sociedad será “EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITIORIOS CHECK-UP SpA” pudiendo usar el nombre de fantasía “EST CHECK–UP SpA”, por este acto se viene en cambiar el nombre ya señalado por el siguiente “EST SpA”, eliminando a su vez el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público, Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1.161, entrepiso, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha a 09 de abril de 2019, ante mí, don HUGO MAYER BELTRÁN, abogado, domiciliado en Santiago, calle Huérfanos N°1373, comuna de Santiago, cédula de identidad N°13.829.501-K, redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECK – UP SpA” celebrada el 04 de abril de año 2019,que acordó modificar el estatuto social contenido en la escritura pública de fecha 21 de noviembre del año dos mil catorce otorgada por don Sergio Antonio Carmona Barrales, Notario Público titular de la Trigésimo notaria de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada número trecientos doce, oficina doscientos treinta y seis, inscrita en extracto a fojas 89676 número 54653 del Registro de Comercio de Santiago del año 2014; Las modificaciones consisten en lo siguiente: Reforma a los estatutos en su “TITULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION: ARTICULO PRMERO: El nombre o razón social de la sociedad será “EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITIORIOS CHECK-UP SpA” pudiendo usar el nombre de fantasía “EST CHECK–UP SpA”, por este acto se viene en cambiar el nombre ya señalado por el siguiente “EST SpA”, eliminando a su vez el nombre de fantasía. Por tanto quedará de la siguiente forma: “TITULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION: ARTICULO PRMERO: El nombre o razón social de la sociedad será “EST SpA”. A su vez también se modifico el artículo cuarto que señala “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios transitorios en general, de carácter profesional, asesorías, consultorías, capacitación, asistencia, adiestramiento, preparación en todo tipo de materias, a personas naturales y/o jurídicas, publica y/o privadas; b) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; c) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, importación y exportación de todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa y en general todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directamente con los objetivos sociales; d) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades y todo acto que acuerden los accionistas.- se modifica en el siguiente tenor “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios en general, de todo tipo de carácter entre otras profesional, asesorías, consultorías, capacitación, asistencia, adiestramiento, preparación en todo tipo de materias, a personas naturales y/o jurídicas, publica y/o privadas como a su vez la compra, venta, exportación, importación, comercialización, distribución, servicio técnico, transporte, arriendo, explotación, fabricación y producción, de toda clase de bienes, productos, mercaderías, bienes de capital o equipos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones en las actividades económicas, para todo lo cual podrá adquirir y explotar franquicias, licencia y representaciones; y el estudio, construcción y ejecución de todo tipio de proyectos de ingeniería y construcción civiles y comerciales ya sea por cuenta propia o ajena además de todo aquello que los socios acuerden en relación al giro. Queda vigente en lo demás el estatuto socia. Santiago, 10 de abril de 2019.