Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2019
- Notario
- Veronica Torrealba Costabal
- Oficio
- 33º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVeronica Torrealba Costabal, Notario Público Suplente 33º Notaria de Santiago, Huerfano0s 979, of 501, CERTIFICO: Que por Escritura Pública de fecha 14 de Marzo de 2019, otorgada ante el titular Don Ivan Torrealba Acevedo, Comparecen: don PATRICIO ALBERTO NÚÑEZ GASCON, identificado con el rol único tributario trece millones sesenta y siete mil trescientos cincuenta y ocho guión nueve, modifico la sociedad por acciones BIKE & HOTEL SpA, en el siguiente sentido: PRIMERO: PABLO CÉSAR RUBIO DE LOS RÍOS, vende, cede y transfiere el total de su acciones, es decir, cincuenta acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie ordinaria a PATRICIO ALBERTO NÚÑEZ GASCON. Segundo: Como consecuencia de la transferencia de acciones de que da cuenta la cláusula anterior, queda como único accionista de “BIKE & HOTEL SpA”, don PATRICIO ALBERTO NÚÑEZ GASCON, con cien acciones nominativas sin valor nominal, de una misma serie. TERCERO: Se modifica el artículo cuarto de los estatutos sociales, el cual quedará redactado de la siguiente forma: “El capital de la sociedad será la suma de tres millones de pesos, que se divide en cien acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos que se han suscrito totalmente por el accionista don PATRICIO ALBERTO NÚÑEZ GASCÓN”. CUARTO: Se modifica el artículo segundo transitorio de los estatutos sociales, el cual quedará redactado de la siguiente forma:“El Capital de la sociedad de tres millones de pesos que se divide en cien acciones nominativas, sin valor nominal. Las acciones a que se refiere el cláusula Cuarta de estos estatutos, se encuentra suscrito y pagado íntegramente por el accionista don PATRICIO ALBERTO NUÑEZ GASCÓN, con cien acciones en la suma de tres millones de pesos, entendiéndose por tanto ya ingresadas a la Caja Social”. QUINTO: Se modifica el objeto de la sociedad, el cual queda redactado de la siguiente forma:“Artículo tercero: El objeto de la Sociedad es, sea por cuenta propia o a través de terceros, en forma directa o indirecta, la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares, cafés, restaurante y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos, ya sea en el territorio nacional como en el extranjero; todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la representación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada, además del alquiler de bicicletas de todo tipo, reparación, capacitación para dicho venta efecto de repuestos y se entenderán comprendidos dentro del giro social todos los actos, contratos y negocios que se relacionen con él directa o indirectamente y todos los que sean necesarios para el mejor desenvolvimiento de las actividades sociales. La compra venta al mayor y al por menor de bicicletas y artículos relacionados”. Santiago, 8 de Abril de 2019.-