CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ACEVEDO, ANGEL Y DUARTE ABOGADOS SpA

CVE 1575891
Fecha instrumento
20 de marzo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad será en la Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Administración

La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser o no accionista, designado y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por: A) la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta; o B) escritura pública suscrita por la unanimidad de los mismos. El Gerente General durará en su cargo como administrador mientras cuente con la confianza de la junta de accionistas y en caso de vacancia permanente o transitoria del cargo, asumirá interinamente la administración de la sociedad, el accionista que en junta ordinaria o extraordinaria sea designado por mayoría absoluta.Capital: El capital de la Sociedad será la suma de un millón quinientos mil pesos chilenos, divididos y representados en mil quinientas acciones nominativas, todas de una misma y única serie sin valor nominal. El capital social deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de un mes contado desde la fecha de la constitución de la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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EN SANTIAGO DE CHILE, MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con domicilio en Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura del día 20 de marzo de 2019, ante mí, comparecen: don LUIS HERNÁN ACEVEDO ESPÍNOLA, cédula de identidad número diecisiete millones ochenta y ocho mil seiscientos setenta y uno guión dos, chileno, abogado, soltero, domiciliado en Los Militares número cinco mil doscientos veinticinco, departamento número mil novecientos seis, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña GABRIELA FERNANDA ANGEL ARAYA, cédula de identidad número diecisiete millones novecientos diecinueve mil ciento cuarenta y seis guión seis, chilena, abogado, soltera, domiciliada en Pedro León Ugalde número doscientos treinta y ocho, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana y de paso en ésta; y doña MACARENA SABRINA DUARTE FUENTES, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos treinta y tres mil seiscientos seis guión cero, chilena, abogado, soltera, domiciliada en Los Lotos número dos mil cuatrocientos cuarenta y tres, Hacienda Urbana Larapinta, comuna de Lampa, Región Metropolitana y de paso en ésta; vienen en este acto en constituir la Sociedad por Acciones denominada “ACEVEDO, ANGEL, Y DUARTE ABOGADOS SpA”, siendo su nombre de fantasía “AADD Abogados SpA, cuyo objeto será La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; Y en general podrá realizar todos los giros que estime conveniente cuando así lo manifieste a lo menos dos tercios de los socios. Administración: La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser o no accionista, designado y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por: A) la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta; o B) escritura pública suscrita por la unanimidad de los mismos. El Gerente General durará en su cargo como administrador mientras cuente con la confianza de la junta de accionistas y en caso de vacancia permanente o transitoria del cargo, asumirá interinamente la administración de la sociedad, el accionista que en junta ordinaria o extraordinaria sea designado por mayoría absoluta.Capital: El capital de la Sociedad será la suma de un millón quinientos mil pesos chilenos, divididos y representados en mil quinientas acciones nominativas, todas de una misma y única serie sin valor nominal. El capital social deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de un mes contado desde la fecha de la constitución de la Sociedad. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. La sociedad no terminará por la muerte de sus accionistas.Domicilio: El domicilio de la Sociedad será en la Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago dos de abril de dos mil diecinueve.