CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MiPasta SpA

CVE 1574784
Fecha instrumento
8 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2019
Notario
SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Oficio
Undécima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) El establecimiento administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de restaurantes, bares, cafeterías, fuentes de soda, heladerías, almacenes, supermercados y negocios similares, en establecimientos propios o ajenos; b) Todo lo relacionado con lo señalado en la letra anterior, tales como el expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, desayunos, almuerzos, cenas y comidas en general, incluyendo todo tipo de carnes de vacuno, cordero, cerdo, aves y de otros tipos, así como pescados, mariscos y acompañamientos y guarniciones en general, además de sandwiches, pastas, masas, pasteles y sus derivados; c) La fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, comercialización y distribución, al por menor y mayor, por cuenta propia o ajena, de toda clase de comidas, panes, galletas, sándwiches, pizzas, pastas, pasteles, postres, dulces, tortas, acompañamientos, guarniciones y toda clase de masas, dulces o saladas, carnes rojas, blancas y pescados, mariscos, productos de panadería y pastelería y demás afines; d) La comercialización y distribución de otros productos del rubro alimenticio, vegetales y abarrotes, bebidas y licores, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de establecimientos comerciales; e) La prestación de servicios de banquetería y delivery, así como la producción de toda clase de eventos; f) La exportación, importación, producción, compra, venta, arrendamiento, transporte, embalaje, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes corporales muebles, tales como artículos de cocina, equipamiento gastronómico para restaurantes, bares y cafeterías, artículos para el hogar y menaje, artículos eléctricos, electrónicos y accesorios; artículos de ferretería y construcción; g) La ejecución de todo tipo de actos de comercio, especialmente efectuar exportaciones e importaciones de todo tipo de bienes, así como la ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; h) Hacer gestiones aduaneras, bancarias, de embarque, transporte y corretaje de todo tipo; i) todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; j) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N° 131, oficina 322, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 08-04-2019, Rep. N° 11065-19, ante mí, JOSÉ OSVALDO ROJAS GUERRERO, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número doce millones ochocientos ochenta y cuatro mil ochenta y nueve guión tres; y MI ZHENG, china, soltera, ingeniero en administración de empresas, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones trescientos veinte mil cuatrocientos cinco guión cuatro; ambos domiciliados para estos efectos en calle Santa Beatriz número ciento once, oficina ochocientos seis, comuna de Providencia, Santiago, ambos mayores de edad, constituyeron una Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL: “MiPasta SpA”, pudiendo actuar, inclusive ante los bancos, municipalidades y el Servicio de Impuestos Internos, con los nombres de fantasía “MIPASTA”, “MI PASTA”, “Mi Pasta”, “Trattoria”, “Pasticceria”, “Cafetería Italiana”, “Caffè y Trattoria Italiana”, “Adriano”, “Caffè y Trattoria Adriano”, “Trattoria de Bolsillo”, “Cafetería y Trattoria Sicilia” y “Caffè y Trattoria Italia”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) El establecimiento administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de restaurantes, bares, cafeterías, fuentes de soda, heladerías, almacenes, supermercados y negocios similares, en establecimientos propios o ajenos; b) Todo lo relacionado con lo señalado en la letra anterior, tales como el expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, desayunos, almuerzos, cenas y comidas en general, incluyendo todo tipo de carnes de vacuno, cordero, cerdo, aves y de otros tipos, así como pescados, mariscos y acompañamientos y guarniciones en general, además de sandwiches, pastas, masas, pasteles y sus derivados; c) La fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, comercialización y distribución, al por menor y mayor, por cuenta propia o ajena, de toda clase de comidas, panes, galletas, sándwiches, pizzas, pastas, pasteles, postres, dulces, tortas, acompañamientos, guarniciones y toda clase de masas, dulces o saladas, carnes rojas, blancas y pescados, mariscos, productos de panadería y pastelería y demás afines; d) La comercialización y distribución de otros productos del rubro alimenticio, vegetales y abarrotes, bebidas y licores, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de establecimientos comerciales; e) La prestación de servicios de banquetería y delivery, así como la producción de toda clase de eventos; f) La exportación, importación, producción, compra, venta, arrendamiento, transporte, embalaje, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes corporales muebles, tales como artículos de cocina, equipamiento gastronómico para restaurantes, bares y cafeterías, artículos para el hogar y menaje, artículos eléctricos, electrónicos y accesorios; artículos de ferretería y construcción; g) La ejecución de todo tipo de actos de comercio, especialmente efectuar exportaciones e importaciones de todo tipo de bienes, así como la ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; h) Hacer gestiones aduaneras, bancarias, de embarque, transporte y corretaje de todo tipo; i) todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; j) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. CAPITAL: El capital social de cien millones pesos, dividido en diez millones de acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se suscribe y paga en este acto por los accionistas fundadores señor JOSÉ OSVALDO ROJAS GUERRERO y señorita MI ZHENG, al valor inicial de diez pesos cada acción, según las reglas siguientes: a) Se suscribe un ochenta por ciento del capital en este acto por los accionistas fundadores comparecientes en este instrumento, tomando cada uno cuatro millones de acciones; b) Las dos millones de acciones restantes son suscritas por la misma sociedad, pudiendo enajenarlas en un plazo máximo de cinco años; c) El capital se pagará a medida que las necesidades sociales lo requieran, en un plazo máximo de cinco años. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 09/04/2019.