CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA

CVE 1574977
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2019
Repertorio
1100/2019

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad Curicó
Duración
Indefinida

Objeto social

Uno. La producción, venta, enajenación, explotación, comercialización y desarrollo en cualquier forma de energía eléctrica. El comercio, la explotación y desarrollo comercial en cualquier forma de bienes y servicios propios o de terceros a cualquier título o modalidad. Dos. La inversión y desarrollo de todo tipo de proyectos eléctricos de generación; el desarrollo, promoción, producción, ejecución de toda clase de actos, negocios y contratos por cuenta propia o ajena, relativos a la producción, distribución y venta de energía eléctrica; como de igual forma la operación de negocios, comercios, plantas e instalaciones propias o ajenas bajo cualquier modalidad o título; como, asimismo, el ejercicio de todo tipo de representaciones, comisiones, consignaciones y otros contratos nominados e innominados de bienes, productos, mercaderías u otros objetos o bienes que sean susceptibles de intercambiarse en el comercio. Tres.- En el cumplimiento del objeto señalado la sociedad podrá formar o tomar interés, participar y ser socia en toda clase de sociedades civiles, comerciales, anónimas, encomanditas de toda clase, sociedades por acciones, asociaciones, corporaciones y)o instituciones y en general, la realización de todos los actos, contratos o convenciones nominados e innominados, relacionado directa o indirectamente con el objeto social y aquellos que acuerden o determinen los socios en el futuro

Administración

El uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad corresponderá a don JOAQUIN RAMÓN ARRAZTIO LEYTON

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de Abril de 2019, otorgada ante mí: FERNANDO JOSÉ ARRAZTIO LEYTON, JAVIER PONCIANO ARRAZTIO LEYTON y JOAQUIN RAMÓN ARRAZTIO LEYTON, todos domiciliados para estos efectos en Ruta 5 Sur, kilómetro 190, comuna Curicó, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada.- Nombre de la Sociedad: INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA.- Nombre fantasía INVERSIONES ZAPALLAR LTDA.- Objeto: Uno. La producción, venta, enajenación, explotación, comercialización y desarrollo en cualquier forma de energía eléctrica. El comercio, la explotación y desarrollo comercial en cualquier forma de bienes y servicios propios o de terceros a cualquier título o modalidad. Dos. La inversión y desarrollo de todo tipo de proyectos eléctricos de generación; el desarrollo, promoción, producción, ejecución de toda clase de actos, negocios y contratos por cuenta propia o ajena, relativos a la producción, distribución y venta de energía eléctrica; como de igual forma la operación de negocios, comercios, plantas e instalaciones propias o ajenas bajo cualquier modalidad o título; como, asimismo, el ejercicio de todo tipo de representaciones, comisiones, consignaciones y otros contratos nominados e innominados de bienes, productos, mercaderías u otros objetos o bienes que sean susceptibles de intercambiarse en el comercio. Tres.- En el cumplimiento del objeto señalado la sociedad podrá formar o tomar interés, participar y ser socia en toda clase de sociedades civiles, comerciales, anónimas, encomanditas de toda clase, sociedades por acciones, asociaciones, corporaciones y/o instituciones y en general, la realización de todos los actos, contratos o convenciones nominados e innominados, relacionado directa o indirectamente con el objeto social y aquellos que acuerden o determinen los socios en el futuro.- Domicilio: Ciudad Curicó, sin perjuicio de las sucursales y agencias que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Capital: La suma de tres millones de pesos ($3.000.000.) que se aportan: FERNANDO JOSÉ ARRAZTIO LEYTON, un millón de pesos ($1.000.000.), JAVIER PONCIANO ARRAZTIO LEYTON, un millón de pesos ($1.000.000.-), y JOAQUIN RAMÓN ARRAZTIO LEYTON, un millón de pesos ($1.000.000.-), sumas que enterarán al haber social al contado y en dinero efectivo en este acto; Administración: El uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad corresponderá a don JOAQUIN RAMÓN ARRAZTIO LEYTON.- Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº1100/2019.- Curicó, 10 de abril del año 2019.