MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL SOLUPLAS LIMITADA

RUT 76376903-8 CVE 1575121
Notaría
Quinta Normal

Instrumento

Notario
JOSE FERNANDO REBOLLEDO GONZALEZ
Domicilio
Titular EULOGIO BAEZA GUTIERREZ
Comuna
Quinta Normal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE FERNANDO REBOLLEDO GONZALEZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular EULOGIO BAEZA GUTIERREZ, Primera Notaría de Quinta Normal, con oficio en calle Mapocho número cuatro mil ciento sesenta y siete, comuna de Quinta Normal, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, ante mí, doña FLOR MARIA VASQUEZ ABARCA, domiciliada en Los Geranios número tres mil ciento cuarenta y cuatro, comuna de Renca; don NICOLAS HUMBERTO MIRANDA CASTRO, domiciliado en calle Nicanor Plaza número mil setecientos ochenta y nueve, comuna de Renca; y don JONATHAN ALEXIS TETZNER SAGREDO, domiciliado en Padre Alonso Ovalle número ochocientos sesenta y ocho, comuna de Santiago; modificaron la Sociedad Responsabilidad Limitada “COMERCIAL SOLUPLAS LIMITADA”, nombre fantasía “SOLUPLAS LTDA.”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos setenta y seis mil novecientos tres guión ocho, la que se inscribió a fojas treinta y un mil doscientos noventa y ocho, número diecinueve mil quinientos sesenta y uno, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil catorce y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil ochocientos cuarenta y seis, de fecha dos de mayo del año dos mil catorce, modificaciones consisten: Uno) Se retira de la sociedad don NICOLAS HUMBERTO MIRANDA CASTRO y con la anuencia de doña FLOR MARIA VASQUEZ ABARCA, vende, cede y transfiere, a don JONATHAN ALEXIS TETZNER SAGREDO, el 100% de sus derechos que equivalen al 20% de los derechos en la sociedad antes referida.- Dos) El precio de esta cesión es la suma de $2.000.000.- cantidad que don JONATHAN ALEXIS TETZNER SAGREDO, paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, a don NICOLAS HUMBERTO MIRANDA CASTRO, quien declara recibirlos a su entera y completa satisfacción.- Tres) Como consecuencia de lo anterior quedan como únicos socios de la sociedad, doña FLOR MARIA VASQUEZ ABARCA, dueña del 80% de los derechos sociales; y don JONATHAN ALEXIS TETZNER SAGREDO, dueño del 20% de los derechos sociales.- Cuarto) En este mismo acto, doña FLOR MARIA VASQUEZ ABARCA y don JONATHAN ALEXIS TETZNER SAGREDO, modifican las cláusulas cuarta y séptima del pacto social, debiendo quedar como se indican a continuación: “CUARTO: La sociedad tendrá por objeto la fabricación, importación, exportación, compra, venta, comercialización y distribución de todo tipo de artículos y/o productos de material plásticos y matriceria, por cuenta propia o de terceros, especialmente para el desempeño de campañas publicitarias, servicios de logística y la prestación de servicios como promotoras; además, se dedicará al transporte de carga propia o ajena por medio de todo tipo de vehículos motorizados, y cualquier otra actividad comercial que los socios acuerden.- “SEPTIMO: La administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social corresponderá a JONATHAN ALEXIS TETZNER SAGREDO, quien anteponiendo la razón social a su firma al actuar por la sociedad, la representará con las más amplias atribuciones y facultades.- En todo demás se mantiene pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de abril del 2019