MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN Y BANQUETERÍA MARCOS RÍOS GÓMEZ LIMITADA

RUT 76164506-4 CVE 1574358
Fecha instrumento
27 de marzo de 2019

Instrumento

Fecha
27 de marzo de 2019
Repertorio
1887/19
Notario
CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
Domicilio
Concepción

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Abogado, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O`Higgins número ochocientos veinte, certifica: Por escritura pública de 27 de marzo de 2019, ante mi suplente doña Diana Beatriz Sepúlveda Moreno, Repertorio N°1887/19, don MARCOS ANTONIO RÍOS GÓMEZ, don JOAQUÍN IGNACIO RÍOS CANALES, ambos domiciliados en Las Violetas 38 casa 5 Huertos Familiares, Comuna de San Pedro de la Paz, y doña CATALINA ANDREA RIOS CANALES, domiciliada en Avenida Andalué 1480 departamento 1008 comuna San Pedro de la Paz, modificaron sociedad “SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN Y BANQUETERÍA MARCOS RÍOS GÓMEZ LIMITADA”, nombre de fantasía “ENTREAGUAS LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.164.506-4, constituida escritura pública 01/04/2009 inscrita fojas 635 vuelta Nº 651 Registro Comercio Concepción año 2009; modificada por escritura pública de fecha 30/12/2013, inscrita a fojas 100 N° 94 Registro Comercio Concepción año 2014. Modificación consiste: Joaquín Ignacio Ríos Canales, vende, cede y transfiere a Catalina Andrea Ríos Canales, quien compra, acepta y adquiere para sí el 100% derechos sociales, que cedente, tiene o le corresponde en la sociedad ya señalada. Precio cesión $1.500.000, que cesionaria paga este acto al cedente dinero efectivo y al contado. De acuerdo señalado anteriormente, socios “SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN Y BANQUETERÍA MARCOS RÍOS GÓMEZ LIMITADA” son esta fecha: Marcos Ríos Gómez en un 89,73% y Catalina Andrea Ríos Canales en un 10,27%. Se modifica clausula tercera pacto social primitivo, adicionando a los actuales objetos de la sociedad los que siguen: 5) La explotación de restaurantes propios y ajenos; 6) Servicios de hotelería y arrendamiento de cabañas por temporada incluyendo áreas de esparcimiento tales como piscinas y dependencias deportivas en general; y 7) La fabricación y venta de embutidos, quesos, mermeladas, frutos secos, mantequilla, miel y productos ahumados de carnes vacunas, de cerdo, aves de caza, pescados, etc.. En todo lo no modificado subsisten estipulaciones contenidas escritura constitución social.- Demás antecedentes escritura extractada. Concepción, 09 de abril de 2019.