CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD TURÍSTICA OYARZO Y BARRÍA LIMITADA

CVE 1573447
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de abril de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de abril de 2019
Notario
VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO
Oficio
Primera Notaría

Sociedad

N. fantasía
“COMPLEJO TURÍSTICO LAS MINAS LTDA.”.- Administración, representación y
Capital
$12.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la comuna de Río Negro, Provincia de Osorno
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley Nº 3.918

Objeto social

El objeto de la sociedad será el ramo de turismo rural, como lo es: a) La prestación de servicios de camping, picnic, balneario, tours, pesca deportiva, cabalgatas, y kayak; b) Arriendo de cabañas turísticas amobladas y no amobladas; c) La realización de eventos turísticos, costumbristas y gastronómicos; y, d) La realización de todos aquellos servicios y actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal de la sociedad

Administración

Corresponderá a los socios Héctor René Barría Flores, y Héctor Hugo Oyarzo Alvarado, quienes actuarán en forma conjunta, separadamente o, indistintamente, según estimen pertinente, y con las facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Público Primera Notaría, Puerto Montt, Guillermo Gallardo 165, certifica que: Por escritura Pública de fecha 04 Abril 2019, ante mí, don Héctor René Barría Flores, domiciliado en sector Las Minas s de la comuna de Río Negro, Décima Región; y, don Héctor Hugo Oyarzo Alvarado, domiciliado en Pasaje Tagua Tagua N° 360 de la comuna de Frutillar, Décima Región; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por la Ley Nº 3.918, demás leyes pertinentes y los estatutos que a continuación extracto: Razón Social: “SOCIEDAD TURÍSTICA OYARZO Y BARRÍA LIMITADA”, sin perjuicio de utilizar el nombre de fantasía: “COMPLEJO TURÍSTICO LAS MINAS LTDA.”.- Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá a los socios Héctor René Barría Flores, y Héctor Hugo Oyarzo Alvarado, quienes actuarán en forma conjunta, separadamente o, indistintamente, según estimen pertinente, y con las facultades señaladas en escritura extractada.- Capital: $12.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: 1) Héctor René Barría Flores, con $6.000.000, que entera transfiriendo un inmueble rural denominado Hijuela N° 9, Lote B, ubicado en Hueyelhue, comuna de Río Negro, Provincia de Osorno, Décima Región, de una superficie de 43,26 hectáreas, inscrito a fs. 868 N° 808 del Registro de Propiedad del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro, que se singulariza y aporta en la forma señalada en escritura extractada; aporte equivalente al 50% de las acciones y derechos sociales; y, 2) Héctor Hugo Oyarzo Alvarado, con $6.000.000, ya ingresados a la caja social, aportes equivalentes al 50% de las acciones y derechos sociales.- Objeto: El objeto de la sociedad será el ramo de turismo rural, como lo es: a) La prestación de servicios de camping, picnic, balneario, tours, pesca deportiva, cabalgatas, y kayak; b) Arriendo de cabañas turísticas amobladas y no amobladas; c) La realización de eventos turísticos, costumbristas y gastronómicos; y, d) La realización de todos aquellos servicios y actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal de la sociedad.- Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Río Negro, Provincia de Osorno, sin perjuicio de establecer sucursales en cualquier punto del país o el extranjero.- Responsabilidad: Limitada al monto de los respectivos aportes de los socios.-Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Puerto Montt, 08 de Abril de 2019.-