SOCIEDAD TURÍSTICA OYARZO Y BARRÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de abril de 2019
- Notario
- VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO
- Oficio
- Primera Notaría
Sociedad
- N. fantasía
- “COMPLEJO TURÍSTICO LAS MINAS LTDA.”.- Administración, representación y
- Capital
- $12.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de Río Negro, Provincia de Osorno
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley Nº 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será el ramo de turismo rural, como lo es: a) La prestación de servicios de camping, picnic, balneario, tours, pesca deportiva, cabalgatas, y kayak; b) Arriendo de cabañas turísticas amobladas y no amobladas; c) La realización de eventos turísticos, costumbristas y gastronómicos; y, d) La realización de todos aquellos servicios y actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal de la sociedad
Administración
Corresponderá a los socios Héctor René Barría Flores, y Héctor Hugo Oyarzo Alvarado, quienes actuarán en forma conjunta, separadamente o, indistintamente, según estimen pertinente, y con las facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Público Primera Notaría, Puerto Montt, Guillermo Gallardo 165, certifica que: Por escritura Pública de fecha 04 Abril 2019, ante mí, don Héctor René Barría Flores, domiciliado en sector Las Minas s de la comuna de Río Negro, Décima Región; y, don Héctor Hugo Oyarzo Alvarado, domiciliado en Pasaje Tagua Tagua N° 360 de la comuna de Frutillar, Décima Región; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por la Ley Nº 3.918, demás leyes pertinentes y los estatutos que a continuación extracto: Razón Social: “SOCIEDAD TURÍSTICA OYARZO Y BARRÍA LIMITADA”, sin perjuicio de utilizar el nombre de fantasía: “COMPLEJO TURÍSTICO LAS MINAS LTDA.”.- Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá a los socios Héctor René Barría Flores, y Héctor Hugo Oyarzo Alvarado, quienes actuarán en forma conjunta, separadamente o, indistintamente, según estimen pertinente, y con las facultades señaladas en escritura extractada.- Capital: $12.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: 1) Héctor René Barría Flores, con $6.000.000, que entera transfiriendo un inmueble rural denominado Hijuela N° 9, Lote B, ubicado en Hueyelhue, comuna de Río Negro, Provincia de Osorno, Décima Región, de una superficie de 43,26 hectáreas, inscrito a fs. 868 N° 808 del Registro de Propiedad del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro, que se singulariza y aporta en la forma señalada en escritura extractada; aporte equivalente al 50% de las acciones y derechos sociales; y, 2) Héctor Hugo Oyarzo Alvarado, con $6.000.000, ya ingresados a la caja social, aportes equivalentes al 50% de las acciones y derechos sociales.- Objeto: El objeto de la sociedad será el ramo de turismo rural, como lo es: a) La prestación de servicios de camping, picnic, balneario, tours, pesca deportiva, cabalgatas, y kayak; b) Arriendo de cabañas turísticas amobladas y no amobladas; c) La realización de eventos turísticos, costumbristas y gastronómicos; y, d) La realización de todos aquellos servicios y actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal de la sociedad.- Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Río Negro, Provincia de Osorno, sin perjuicio de establecer sucursales en cualquier punto del país o el extranjero.- Responsabilidad: Limitada al monto de los respectivos aportes de los socios.-Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Puerto Montt, 08 de Abril de 2019.-