MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD NUEVA COMERCIAL LONCOMILLA LIMITADA

RUT 76462338-K CVE 1573491
Capital
$25.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de abril de 2019

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2019
Notario
FERNANDO COLOMA AMARO
Domicilio
San Javier y Villa Alegre

Sociedad

Capital
$25.000.000 CLP

Objeto social

a) Explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios y)o centros de servicio automotriz, electrolineras, servicio de carga eléctrica, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación, por cuenta propia o de terceros; b) Compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes, en especial combustibles líquidos y)o gaseosos, entro los últimos gas licuado y gas natural, lubricantes, aditivos, vehículos, repuestos, accesorios; c) Realización de actos y contratos relacionados con los anteriores, como minimarket, rutacentros, restoranes cafeterías, tiendas de conveniencia, servicios de alimentos u otros de naturaleza parecida, por cuenta propia o de terceros; d) Comercialización, arrendamiento y reparación de vehículos; y f) Demás negocios y)o servicios que los socios acuerden. 2) Se modifica la cláusula quinta del pacto social referida al capital, en el siguiente sentido: Aumento de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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FERNANDO COLOMA AMARO, abogado, Notario Público Titular, de San Javier y Villa Alegre, domiciliado en Sargento Aldea, número 2625, San Javier; certifica. Por Escritura Pública otorgada con fecha 08 de Abril de 2019, ante mí, SERGIO ORLANDO SALINAS SALAS, chileno, cédula nacional de identidad Nº5.671.116-3, domiciliado en Balmaceda 2074, San Javier; don JUAN CARLOS SALINAS SALAS, chileno, cédula nacional de identidad Nº7.022.931-5, domiciliado Chorrillos 1107 San Javier; exponen que con fecha 09/04/2015 constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada, razón social Sociedad “SOCIEDAD NUEVA COMERCIAL LONCOMILLA LIMITADA”, y para fines comerciales, de propaganda y ante las instituciones Bancarias, si lo estiman procedente podrá actuar con el nombre de fantasía de “COMERCIAL LONCOMILLA LTDA”. Rut 76.462.338-k, debidamente inscrita a foja s35 Nº35 del Registro de Propiedad del Conservador de San Javier, correspondiente al año 2015. Los comparecientes en su calidad de únicos socios vienen en modificar la escritura antes individualizada, en el sentido siguiente Aumento de Capital Social: El Capital social que es la suma de $25.000.000.- se aumenta a la suma de $40.000.000.- que se entera y paga de la siguiente forma: : 1) Se elimina la clausula tercera del pacto social referida al objeto, el cual se sustituye por el siguiente: La sociedad tendrá por objeto: a) Explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios y/o centros de servicio automotriz, electrolineras, servicio de carga eléctrica, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación, por cuenta propia o de terceros; b) Compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes, en especial combustibles líquidos y/o gaseosos, entro los últimos gas licuado y gas natural, lubricantes, aditivos, vehículos, repuestos, accesorios; c) Realización de actos y contratos relacionados con los anteriores, como minimarket, rutacentros, restoranes cafeterías, tiendas de conveniencia, servicios de alimentos u otros de naturaleza parecida, por cuenta propia o de terceros; d) Comercialización, arrendamiento y reparación de vehículos; y f) Demás negocios y/o servicios que los socios acuerden. 2) Se modifica la cláusula quinta del pacto social referida al capital, en el siguiente sentido: Aumento de Capital Social: El Capital social que es la suma de Veinticinco Millones de pesos ($25.000.000.-), se aumenta a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS que se entera y paga de la siguiente forma: A) El socio SERGIO ORLANDO SALINAS SALAS, aporta la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($38.000.000.), que entera y paga en caja social de la siguiente forma: a) con la suma de veinticuatro millones de pesos que se pagaron y enteraron en dinero efectivo al momento de la constitución de la sociedad. b) con la suma de catorce millones que se enteran y pagan en dinero efectivo en este acto. B) El socio JUAN CARLOS SALINAS SALAS aporta la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000.), que entera y paga en caja social de la siguiente forma: a) con la suma de UN MILLON DE PESOS que se pagaron y enteraron en dinero efectivo al momento de la constitución de la sociedad. b) con la suma de UN MILLON DE PESOS que se enteran y pagan en dinero efectivo en este acto. 3) Como consecuencia del aumento de capital señalado, se elimina la cláusula octava de la escritura de constitución la cual se sustituye por la siguiente: ”OCTAVO: Las utilidades y perdidas se repartirán entre los socios en proporción de un NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) para don SERGIO ORLANDO SALINAS SALAS y un CINCO POR CIENTO (5%) para don JUAN CARLOS SALINAS SALAS. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes ”. En lo no modificado rige íntegramente pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.San Javier, 08 de Abril de 2019.-