MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Toledo 1950 SpA

RUT 76852615-K CVE 1573937
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
28 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de febrero de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA, Notario Titular de la 18º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, octavo piso, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2019, repertorio número 3.003/2019, otorgada ante mí, José Ignacio Bezanilla Zañartu en su calidad de único y actual accionista de Inmobiliaria Toledo 1950 SpA, la “Sociedad”, inscrita a fojas 18.949 número 10.111 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2018, acordó: (i) Aumentar el capital social, desde la cantidad de $1.000.000 dividido en 999 acciones Serie A y 1 acción Serie B, a la cantidad de $10.000.000, dividido en 9.999 acciones Serie A y 1 acción Serie B, mediante la emisión de 9.000 nuevas acciones Serie A. El capital social, ascendente a $10.000.000, dividido en 9.999 acciones Serie A y 1 acción Serie B, todas ordinarias, nominativas y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: (a) Con la cantidad de $999.000, representativo de 999 acciones Serie A, íntegramente suscritas y pagadas al momento de la constitución de la Sociedad; (b) Con la cantidad de $1.000, representativo de 1 acción Serie B, íntegramente suscrita y pagada al momento de la constitución de la Sociedad; y (c) Con la cantidad de $9.000.000, representativo de 9.000 acciones Serie A, las cuales deberán ser suscritas y pagadas a más tardar, el día 28 de febrero de 2024; (ii) Modificar los estatutos de la sociedad en otras materias que no son materia de extracto; y (iii) Reemplazar el artículo Quinto, artículo Octavo y el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, e insertar los artículos Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto y Vigésimo Sexto a los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de Marzo de 2019.