García y Asociados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2019
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Oficio
- 36 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $11.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente de la 36 Notaría de Santiago, de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, La Concepción N° 65, piso 2 Providencia, certifico: Por escritura de fecha 22 de febrero de 2019, ante mí, LEONOR CARLOTA DEL ROSARIO GARCÍA GATICA, domiciliada en Avenida Grecia número cuatro mil quinientos sesenta y cinco, departamento número treinta y tres, comuna de Ñuñoa, Santiago; don MARCELO MAURICIO CONCHA ROBLES, domiciliado Calle Berliner Str. número ciento cuarenta, ciudad de Berlín, Alemania, de paso en esta comuna y ciudad, doña CARMEN MARGARITA JOSEFINA GARCÍA GATICA, domiciliada en Carlos Antúnez número mil ochocientos veinticuatro, departamento quinientos uno, comuna de Providencia, Santiago; don JUAN PABLO GUTIÉRREZ DELSAHUT, domiciliado en calle San Isidro número doscientos noventa y dos, departamento mil setecientos seis, comuna y ciudad de Santiago; y don MITCHEL GARCÍA PÉREZ, domiciliado en Avenida Vicuña Mackenna número trescientos veintisiete, departamento cuatrocientos catorce, comuna de Santiago; modifican sociedad “García y Asociados Limitada” en siguiente sentido: /1/ Leonor Carlota del Rosario García Gatica, vende, cede y transfiere a Juan Pablo Gutiérrez Delsahut el 58,8% de sus derechos sociales, equivalentes al 50% de los derechos sociales en la sociedad, en $5.500.000, pagados siguiente forma: a) $5.000.000 al contado en dinero efectivo al cedente, y b) $500.000 en el plazo 1 año; /2/ Leonor Carlota del Rosario García Gatica vende, cede y transfiriere a Mitchel García Pérez el 41,2% de sus derechos sociales en la sociedad, correspondiente al 35% de sus derechos sociales en la sociedad. Adicionalmente, Marcelo Mauricio Concha Robles vende, cede y transfiere a Mitchel García Pérez la totalidad de sus derechos sociales, correspondientes al 100% de sus derechos sociales en la sociedad. Finalmente, Carmen Margarita Josefina García Gatica vende, cede y transfiere a Mitchel García Pérez la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad, correspondientes al 10% de los derechos sociales en la sociedad. El precio de las cesiones de derechos contenidas en esta cláusula, es la suma única y total de $5.500.000, que Mitchel García Pérez paga, de la siguiente manera: a) la suma de $5.000.000 al contado y en dinero efectivo en proporción de los derechos cedidos a los cedentes, declarando doña Leonor Carlota Del Rosario García Gatica, don Marcelo Mauricio Concha Robles, y doña Carmen Margarita Josefina García Gatica, haberlo recibido a su entera y total satisfacción y renunciando expresamente a toda acción resolutoria emanada de este contrato; b) la suma de $500.000 pagaderos dentro de un año plazo; /3/ Los socios modifican Artículo QUINTO de los estatutos sociales, relativos al capital, reemplazándolo por el siguiente: “El capital de la Sociedad asciende a la suma de $11.000.000, que los socios enteran y aportan de la siguiente manera: a) Don Juan Pablo Gutérrez Delsahut con la suma de $5.500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales de la sociedad, de la siguiente forma a) $5.500.000 que aporta en este acto y en dinero en efectivo que ingresa a la caja social; y b) $500.000 que enterará a más tardar en el plazo de un año; b) don Mitchel García Pérez con la suma de $5.500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales de la sociedad, de la siguiente forma a) $5.000.000 que aporta en este acto y en dinero en efectivo que ingresa a la caja social; y b) $500.000 que enterará a más tardar en el plazo de un año”; /4/ Los nuevos y únicos socios de la sociedad, vienen en modificar el artículo CUARTO de los estatutos sociales, relativo a la administración, reemplazándolo por el siguiente: “CUARTO: El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad corresponderá a Don Juan Pablo Gutiérrez Delsahut y don Mitchel García, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo sus firmas a la razón social la obligarán y representarán en todos los actos, contratos, negocios, juicios y asuntos de cualquier naturaleza, en adelante indistintamente “el Administrador”. El Administrador, actuando individualmente, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición; Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago 26 de marzo de 2019.