ASESORÍAS, INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA CAROLINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2019
- Notario
- MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 18/03/2019, Repertorio número 3.817/2019, ante mí, doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS, don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR, doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA, y doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA, todos domiciliados para estos efectos en calle Paseo del Águila Número cinco mil once, Condominio Vista Santuario, comuna de Lo Barnechea, Santiago; acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada ASESORÍAS, INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA CAROLINA LIMITADA en el siguiente sentido: 1) Acuerdan aumentar el capital social estatutario de la sociedad, de la suma de $5.000.000.- a la suma total de $500.000.000.-, con un aumento efectivo y real de $495.000.000.-, el que se aporta, paga, entera y se enterará conforme a lo que a continuación se señala: a) Mediante la capitalización de la revalorización del capital propio por la suma total de $5.525.861.-, que efectuará la socia doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS; b) Mediante la capitalización de la revalorización del capital propio por la suma total de $290.835.-, que efectuará el socio don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR; c) Mediante la capitalización de utilidades acumuladas por la suma de $189.724.139.-, que efectuará la socia doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS; d) Mediante la capitalización de utilidades acumuladas por la suma de $9.985.481.- que efectuará el socio don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR; e) Mediante el aporte de $189.473.684.-, que efectuará el socio don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR, suma que este se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades de la empresa lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública; f) Mediante el aporte de $50.000.000.-, que efectuará doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA, suma que esta se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades de la empresa lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública; y g) Por último, mediante el aporte de $50.000.000.-, que efectuará doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA, suma que esta se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades de la empresa lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Ingresan como socias doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA y doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA. 2) Con motivo del aumento de capital, los derechos sociales quedan distribuidos en la forma en que se indica a continuación: a) Doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS aporta la cantidad de $200.000.000.- equivalentes al 40% de la totalidad de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $4.750.000.-, se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; la suma de $5.525.861.- se paga en este acto mediante la capitalización de la revalorización del capital propio; y la suma de $189.724.139.- se paga en este acto mediante la capitalización de utilidades acumuladas; b) Don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR aporta la cantidad de $200.000.000.- equivalentes al 40% de la totalidad de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $250.000.-, se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; la suma de $290.835.- se paga en este acto mediante la capitalización de la revalorización del capital propio; y la suma de $189.473.684.- queda por pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; c) Doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA aporta la cantidad de $50.000.000.- equivalentes al 10% de la totalidad de los derechos sociales, los cuales quedan por pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; y d) Doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA aporta la cantidad de $50.000.000.- equivalentes al 10% de la totalidad de los derechos sociales, los cuales quedan por pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura. 3) Se reemplaza el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “CUARTO: El capital social es la suma de $500.000.000.- que los socios aportaron, aportan y se obligan a aportar en la forma que se indica a continuación: a) La socia doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS aporta la cantidad de $200.000.000.- equivalentes al 40% de la totalidad de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $4.750.000.-, se encuentra íntegramente pagada; la suma de $5.525.861.- se pagó mediante la capitalización de la revalorización del capital propio; y la suma de $189.724.139.- se pagó mediante la capitalización de utilidades acumuladas; b) El socio don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR aporta la cantidad de $200.000.000.- equivalentes al 40% de la totalidad de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $250.000.-, se encuentra íntegramente pagada; la suma de $290.835.- se pagó mediante la capitalización de la revalorización del capital propio; y la suma de $189.473.684.- este se obliga a pagarla en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el 18 de Marzo del año 2019; c) Doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA aporta la cantidad de $50.000.000.- equivalentes al 10% de la totalidad de los derechos sociales, suma que esta se obliga a pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el 18 de Marzo del año 2019; y d) Doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA aporta la cantidad de $50.000.000.- equivalentes al 10% de la totalidad de los derechos sociales, suma que esta se obliga a pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el dieciocho de Marzo del año 2019”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Marzo 21 de 2019.- nrs.