MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS, INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA CAROLINA LIMITADA

RUT 76024964-5 CVE 1573737
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2019
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 18/03/2019, Repertorio número 3.817/2019, ante mí, doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS, don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR, doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA, y doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA, todos domiciliados para estos efectos en calle Paseo del Águila Número cinco mil once, Condominio Vista Santuario, comuna de Lo Barnechea, Santiago; acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada ASESORÍAS, INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA CAROLINA LIMITADA en el siguiente sentido: 1) Acuerdan aumentar el capital social estatutario de la sociedad, de la suma de $5.000.000.- a la suma total de $500.000.000.-, con un aumento efectivo y real de $495.000.000.-, el que se aporta, paga, entera y se enterará conforme a lo que a continuación se señala: a) Mediante la capitalización de la revalorización del capital propio por la suma total de $5.525.861.-, que efectuará la socia doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS; b) Mediante la capitalización de la revalorización del capital propio por la suma total de $290.835.-, que efectuará el socio don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR; c) Mediante la capitalización de utilidades acumuladas por la suma de $189.724.139.-, que efectuará la socia doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS; d) Mediante la capitalización de utilidades acumuladas por la suma de $9.985.481.- que efectuará el socio don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR; e) Mediante el aporte de $189.473.684.-, que efectuará el socio don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR, suma que este se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades de la empresa lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública; f) Mediante el aporte de $50.000.000.-, que efectuará doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA, suma que esta se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades de la empresa lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública; y g) Por último, mediante el aporte de $50.000.000.-, que efectuará doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA, suma que esta se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades de la empresa lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Ingresan como socias doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA y doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA. 2) Con motivo del aumento de capital, los derechos sociales quedan distribuidos en la forma en que se indica a continuación: a) Doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS aporta la cantidad de $200.000.000.- equivalentes al 40% de la totalidad de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $4.750.000.-, se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; la suma de $5.525.861.- se paga en este acto mediante la capitalización de la revalorización del capital propio; y la suma de $189.724.139.- se paga en este acto mediante la capitalización de utilidades acumuladas; b) Don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR aporta la cantidad de $200.000.000.- equivalentes al 40% de la totalidad de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $250.000.-, se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; la suma de $290.835.- se paga en este acto mediante la capitalización de la revalorización del capital propio; y la suma de $189.473.684.- queda por pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; c) Doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA aporta la cantidad de $50.000.000.- equivalentes al 10% de la totalidad de los derechos sociales, los cuales quedan por pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; y d) Doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA aporta la cantidad de $50.000.000.- equivalentes al 10% de la totalidad de los derechos sociales, los cuales quedan por pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura. 3) Se reemplaza el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “CUARTO: El capital social es la suma de $500.000.000.- que los socios aportaron, aportan y se obligan a aportar en la forma que se indica a continuación: a) La socia doña CAROLINA ISABEL CÓRDOVA FURNISS aporta la cantidad de $200.000.000.- equivalentes al 40% de la totalidad de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $4.750.000.-, se encuentra íntegramente pagada; la suma de $5.525.861.- se pagó mediante la capitalización de la revalorización del capital propio; y la suma de $189.724.139.- se pagó mediante la capitalización de utilidades acumuladas; b) El socio don IGNACIO ANDRÉS ROVIRA VILLAR aporta la cantidad de $200.000.000.- equivalentes al 40% de la totalidad de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $250.000.-, se encuentra íntegramente pagada; la suma de $290.835.- se pagó mediante la capitalización de la revalorización del capital propio; y la suma de $189.473.684.- este se obliga a pagarla en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el 18 de Marzo del año 2019; c) Doña MARÍA IGNACIA ROVIRA CÓRDOVA aporta la cantidad de $50.000.000.- equivalentes al 10% de la totalidad de los derechos sociales, suma que esta se obliga a pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el 18 de Marzo del año 2019; y d) Doña JOSEFINA ROVIRA CÓRDOVA aporta la cantidad de $50.000.000.- equivalentes al 10% de la totalidad de los derechos sociales, suma que esta se obliga a pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el dieciocho de Marzo del año 2019”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Marzo 21 de 2019.- nrs.